domingo, 2 febrero 2025

Si hay un FROB para la banca, debería haber otro para los que no pueden pagar la hipoteca

Madrid. La confluencia en España del estallido de una burbuja inmobiliaria enloquecida, con una caída en una durísima fase de estancamiento y de recesión económica –no desvinculable, por cierto, una cosa de la otra– con una legislación que, poco previsora, no ha contemplado la eventualidad del fenómeno de sobreendeudamiento, nos ha conducido a la aparición de un problema social de la máxima gravedad, asociado a las dificultades de pago de la vivienda de uso habitual. Es decir, nos ha conducido a un problema de fractura social por crecimiento de la marginación. La pérdida de la vivienda es el eslabón que, unido a la pérdida del trabajo, conduce de forma inexorable hacia la exclusión social.

Es imprescindible poner sobre la mesa todos los mecanismos que han de ayudar a paliar las nefastas consecuencias de un mal entendido crecimiento económico, que han de sentar las bases para no reincidir, funcionando como una vacuna que actúe allí donde el sistema no parece propicio por sí mismo a crear anticuerpos.

Así, de modo complementario a los debates que hoy son de rabiosa actualidad alrededor de fórmulas como la segunda oportunidad, o la dación en pago de las viviendas en casos de no poder continuar con una hipoteca –que se están concretando en proposiciones de ley, o en las que, hoy por hoy, tan sólo son calificables como “recomendaciones” del Ministerio de Economía-, habría que tener imprescindiblemente presente un decálogo de aspectos esenciales en la resolución de la problemática generada:

1.- Que los desahucios no se producen sólo por deudas hipotecarias, sino también  por deudas de alquiler. La dificultad de pago de la vivienda estando en la base del problema y siendo la causa principal a combatir. No podemos, por lo tanto ignorar esta realidad y diseñar políticas que supongan agravios comparativos.

2.- Que no estamos ante un problema coyuntural sino ante un fenómeno íntimamente vinculado a la crisis económica que exige, por lo tanto, blindajes de fondo.

3.- Que si la economía de un país se puede permitir un Fondo de Rescate de Ordenación Bancaria (FROB) para amortiguar la carga de deuda que soportan los bancos, cuánto más debería articular un mini FROB con el que ayudar a las familias sobreendeudadas (por la compra o por el alquiler de su vivienda habitual), tal como venimos pidiendo desde Cáritas Diocesana de Barcelona desde hace más de dos años.

4.- Que las fórmulas como la dación en pago exprés deben ser consideradas en una perspectiva temporal que impida situaciones abusivas para todos los casos en los que la permanencia en la vivienda sería la solución lógica, justa y de mayor garantía de futuro. Las decisiones no pueden ser fruto de la angustia y emotividad del momento. Es decir que deberían arbitrarse mecanismos no especulativos –no basados en la obtención de las viviendas a precios ridículos con previsión de revalorización más o menos inmediata- que permitan la permanencia en la vivienda por parte de la familia afectada, en forma de alquiler, con la posibilidad de una eventual recuperación de la propiedad a precios razonables, en el supuesto de mejora de su situación económica.

5.- Que las medidas que se adopten deben ser forzosamente de carácter legislativo para dar la seguridad jurídica que los ciudadanos y las entidades necesitan imprescindiblemente. Medidas que deben ser procedimentales, fiscales y de defensa de los derechos básicos.

6.- Que la acumulación de viviendas vacías por parte de las entidades financieras no sólo es un despropósito en términos económicos, si no un escándalo social cuando hay población mal alojada o sin hogar.

7.- Que se trata de “rescatar” del sobreendeudamiento a familias sencillas e inexpertas. El reconocimiento del desigual plano de relación entre deudor y acreedor viene siendo reconocido por jurisprudencias de otros países e incluso por el Consejo Económico y Social Europeo, cuando dice “La actual crisis financiera ha revelado las disfunciones debidas a las deficiencias del mercado y de las normativas, así como al contexto económico, las prácticas seguidas por los intermediarios de crédito y los prestamistas y al escaso nivel de cultura financiera de los prestatarios. Todas estas deficiencias deben ser evitadas en el futuro porque pueden conducir a una pérdida considerable de confianza”.

8.- Que un parámetro fundamental a tener en cuenta en cualquier solución es que las familias afectadas por problemas de pago de su vivienda difícilmente pueden hacer frente a costes superiores a les 150 euros mensuales, afectadas como están por el paro pero también por la pérdida de poder adquisitivo debida al descenso de sus ingresos. Y que, la falta de este tipo de oferta está conduciendo fatalmente a un aumento alarmante de personas viviendo realquiladas y en infravivienda.

9.- Que, en consecuencia, el problema que hoy afecta a España no es sólo un problema de solvencia de las familias sino un verdadero problema de política de vivienda y de oferta de vivienda de alquiler a precios sociales.

10.- Y que, sea cual sea la fórmula de futuro para la reconducción o redención de deudas vinculadas a la vivienda de residencia habitual, los ciudadanos endeudados van a necesitar imprescindiblemente de instancias a las que acudir para encontrar asesoramiento, y apoyo en la negociación. Los mecanismos de mediación o de intermediación para dirimir conflictos de deuda excesiva de particulares, establecidos legislativamente en muchos países, deben ser introducidos en España, y con celeridad, como única vía para garantizar la igualdad de trato para todos y para conseguir una implicación real y efectiva de todas las entidades financieras.

En este sentido,  debería considerarse –como así lo ha hacho el Síndic de Greuges–, la buena práctica del Servei de Mediació de l’Habitatge (SMH) de Cáritas Diocesana de Barcelona, que con una mediación o intermediación experta lleva atendidas más de trescientas familias, con resolución de cien casos, bien sea habiendo reconducido las deudas, bien sea habiendo conseguido daciones en pago, bien con la provisión de nuevas viviendas a un alquiler social. Siempre bajo el móvil de ayudar a asegurar a todo ciudadano el derecho a la vivienda digna.

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