sábado, 20 diciembre 2025
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Pasos seguir por los propietarios de Viviendas dañadas por la DANA

La institución colegial señala que el primer paso es acudir a la aseguradora en el caso de que existiera un seguro para que realice un informe de los daños, si no se tuviera al menos se podrá acceder a las ayudas autonómicas y estatales

Los responsables del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Alicante, aún compungidos por los duros momentos vividos en los últimos días en la Comunidad Valenciana, quieren poner su granito de arena aportando unos consejos para las personas cuyas viviendas hayan sido dañadas por la DANA.

El primer paso que deben seguir es acudir a la aseguradora en el caso de que existiera un seguro para que realice un informe de los daños. Si no se tuviera al menos se podrá acceder a las ayudas autonómicas y estatales, ya que las subvenciones que se han anunciado son independientes y compatibles con las compensaciones de los seguros.

Para realizar los trámites, el Colegio Notarial de Valencia, el Colegio de Registradores de la Propiedad de la Comunidad Valenciana, y los Colegios de la Abogacía de Alzira, Sueca y Valencia van a prestar servicios gratuitos para los afectados por la DANA. En el primer caso, han puesto a disposición de los damnificados un servicio notarial de búsqueda, expedición y entrega gratuita de copias de las escrituras públicas de sus propiedades, perdidas como consecuencia de dichas inundaciones. También realizan la gestión gratuita y de forma telemática de las actas notariales que necesiten presentar para gestionar los daños con respecto a las viviendas de personas físicas, ante las aseguradoras o el Consorcio de Compensación de Seguros. Para estos servicios han habilitado una dirección de correo electrónico, afectadosdana@valencia.notariado.org. Los registradores de la propiedad facilitarán notas simples gratuitas a todos los afectados para que puedan acreditar la titularidad de sus inmuebles a los efectos de solicitar ayudas públicas. Para solicitar éstas pueden hacerlo en el decanato de los registradores de la Comunidad Valenciana (Plaza Reina 5, 46003, Valencia) o por correo electrónico danaregistradores@registradores.org. En cuanto a los abogados, prestarán asistencia jurídica gratuita a los damnificados, para ello los letrados que los atenderán están recibiendo un curso sobre “Reclamación de Responsabilidad Civil y Ayudas por Riesgos Extraordinarios”.

En cuanto a las ayudas que están disponibles hasta el momento, la Generalitat Valenciana concederá una subvención directa de 6.000 euros por vivienda. Podrán ser beneficiarias las personas físicas que disponen de una vivienda ubicada en alguno de los municipios afectados por el temporal y cuyo contenido haya resultado gravemente dañado. Para solicitar esta subvención, es necesario presentar una declaración responsable de la ubicación de la vivienda, la documentación bancaria para recibir el pago y el título de propiedad de la vivienda, contrato de arrendamiento o documento que acredite que se vive en la vivienda, como una factura de suministro o certificado de empadronamiento.

Por otro lado, el Gobierno central aprobó el 5 de noviembre un paquete que recoge ayudas directas para la reparación o reconstrucción de viviendas y daños en comunidades de propietarios, una línea de avales que incluye los gastos en la reparación de las viviendas y medidas fiscales y documentales que faciliten el acceso a las ayudas. Las compensaciones económicas van desde los 60.480 euros por la destrucción total de la vivienda habitual, los 41.280 por daños en la estructura de la vivienda, 20.640 por daños que no afecten a la estructura y de 10.320 por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad. Estas subvenciones directas se pueden solicitar en un plazo de tres meses y se resolverán en las subdelegaciones del Gobierno de cada provincia. Para solicitarlas se debe acreditar la titularidad sobre los inmuebles afectados y la acreditación de los daños mediante un informe pericial del seguro o contratado y validado por el ayuntamiento en el que conste la destrucción de la vivienda con una valoración de ésta, o los daños sufridos por ésta o en los enseres de primera necesidad con una valoración de los mismos.

Además, las personas que han sufrido daños en sus viviendas tendrá una moratoria en el pago de sus hipotecas, podrán acogerse a la suspensión de las obligaciones de pago de intereses y de capital de préstamos y créditos por un período de tres meses y de otros nueve meses adicionales para el pago del capital, independientemente de que cuenten con garantía hipotecaria.

También se ha abierto una línea de avales a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) que permitirán a los hogares acceder a créditos con la garantía del Gobierno de España y en condiciones favorables para reparar sus hogares.

El Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Alicante se presta asimismo a ayudar en aquello que esté en su mano.

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