Sepes amplía su objeto social para ejecutar actuaciones de rehabilitación y regeneración urbana

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Estatuto de Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo (Sepes). Esto supondrá, entre otras cuestiones, la ampliación del objeto de la entidad pública empresarial, introduciendo un nuevo apartado relativo a la ejecución de actuaciones de rehabilitación y regeneración urbana, o reforma urbana de espacios públicos, así como de rehabilitación o reforma de inmuebles e instalaciones de titularidad pública.

La ampliación de su objeto social permitirá que Sepes pueda recibir encargos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) y otras administraciones en todas las materias en que es competente en el ámbito de la vivienda.

Hasta ahora estaba clara la competencia de Sepes en la producción de suelo industrial y residencial, pero con esta modificación de los Estatutos añade la posibilidad de recibir encargos en el ámbito de la rehabilitación urbana en su más amplio sentido. Este aspecto incide todavía más si cabe, en la función social de Sepes como entidad pública empresarial dependiente de Mitma.

La ampliación de su objeto social, y la posibilidad de recibir encargos, bien de Mitma o bien de otras administraciones públicas, es especialmente significativa si tenemos en cuenta la decidida apuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la creación de un parque público de viviendas para el alquiler asequible y por la rehabilitación del parque de viviendas ya existente de nuestro país. Ambos programas recibirán una importante financiación a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El cambio en su Estatuto también supone la necesaria adaptación de Sepes a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), habiendo sido el texto objeto de las oportunas modificaciones, fundamentalmente en lo que al nuevo régimen jurídico se refiere, a las disposiciones vigentes, así como a la actual estructuración de los departamentos ministeriales.

Convenios más flexibles

Asimismo, este cambio reconoce la singularidad de la actividad que Sepes desarrolla, reflejada en el plazo de duración de sus convenios interadministrativos.

Siguiendo la recomendación del Consejo de Estado, se elimina el plazo de vigencia que se había fijado normativamente por la Ley 40/2015 (4 años, prorrogables por 4 años más) para aquellos convenios de preparación, promoción y equipamiento de suelo, con carácter urbanístico o sin él, y se remitirá a la legislación urbanística que sea aplicable en cada caso.

Con esta nueva regulación, Sepes adapta su funcionamiento y normativa a los últimos requerimientos legales y se coloca en condiciones óptimas para abordar procesos internos de modernización de estructuras.

La administración del siglo XXI requiere entes públicos ágiles y eficientes, capaces de abordar procesos como la digitalización de todos sus procedimientos, para facilitar no solo la mejora de la productividad de la empresa sino también, y de manera fundamental, la mejora de sus relaciones con el resto de los operadores jurídicos del sector inmobiliario y su comunicación con la ciudadanía.

El reconocimiento de la singularidad de su actividad en lo relativo a los plazos de vigencia de los convenios urbanísticos que suscribe refuerza su papel como interlocutor en la concertación institucional con ayuntamientos y comunidades autónomas. Porque ése es precisamente el principal elemento de trabajo de Sepes para abordar los procesos de transformación del planeamiento urbano, y contribuir así a la producción de suelo industrial, residencial o de equipamientos

En este marco, una óptima regulación de los convenios urbanísticos suscritos es fundamental para garantizar la seguridad jurídica de las partes, y para la eficiencia del trabajo que se desarrolla. Esta regulación se convierte así en una apuesta clara por la colaboración interinstitucional.

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