Se está inspeccionando el parque de viviendas de protección oficial (VPO) de Barcelona ciudad para garantizar su uso social. Hasta el momento se han abierto catorce procedimientos sancionadores contra las propiedades de pisos vacíos o que se alquilan sin la autorización de la Agencia de la Vivienda de Cataluña y con precios que superan el autorizado. De estos catorce procedimientos, trece continúan abiertos y uno se ha resuelto con una sanción de 180.000 euros.
Esta acción de la Unidad de Disciplina de Vivienda del Instituto Municipal de la Vivienda y la Rehabilitación de Barcelona ??forma parte de un programa de inspección y control del parque de viviendas de protección oficial, inédito hasta ahora en Cataluña.
A través de este programa se prevé comprobar si se cumple la normativa en las 16.000 viviendas que aún tienen protección oficial en la ciudad de Barcelona. De momento ya se han visitado alrededor de 1.500, y fruto de este trabajo han sido incoados los 13 expedientes sancionadores abiertos en los distritos de Ciutat Vella (2 casos), Sants-Montjuïc (1 caso), Horta-Guinardó (2 casos), Nou Barris (4 casos), L’Eixample (1 caso) y Sant Martí (3 casos).
Un expediente resuelto
Además de los 13 expedientes abiertos, el Ayuntamiento ya ha resuelto un expediente sancionador contra la propiedad de una vivienda de protección oficial de la calle del Doctor Aiguader, en la Barceloneta, por dos infracciones muy graves: no vivir en esta y destinarla a alquiler sin la autorización correspondiente de la Agencia de la Vivienda de Cataluña y a un precio muy por encima del que se le habría autorizado.
La sanción que impone el Ayuntamiento para este caso es de 180.000 euros, e incluye la obligación de devolver a la Administración las cantidades percibidas en concepto de alquiler que estaban por encima de lo permitido: un total de 16.048 euros a pagar además de la sanción.
Estas viviendas de protección oficial de la calle del Doctor Aiguader, que datan de los años noventa, mantienen la calificación de vivienda de protección oficial durante 30 años. Mientras conserven esta calificación los propietarios quedan sometidos a una serie de condicionantes legales.
El circuito sancionador
Cuando se detecta una vivienda vacía se inician las diligencias previas para localizar a los propietarios del piso y para determinar por qué circunstancias la vivienda se encuentra vacía, dado que la Ley del Derecho a la Vivienda antes mencionada establece la obligación de que las viviendas de protección oficial se destinen a residencia habitual de las personas adjudicatarias y propietarias.
Solo en casos excepcionales, cuando los adjudicatarios acrediten la imposibilidad de utilizar la vivienda para vivir, se les puede autorizar a no vivir en esta e incluso a alquilarla, pero el precio del alquiler lo debe fijar la administración competente, que en este caso es la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
Las sanciones previstas en la normativa por el incumplimiento
de estas normas, que se considera una infracción muy grave
según la Ley del Derecho a la Vivienda, puede suponer multas económicas muy elevadas, que pueden ir de los 90.001 a los 900.000 euros.
Además, el Consistorio reclama al Gobierno y al Parlamento de Cataluña que la vivienda de protección oficial se conserve como tal de manera indefinida y que la Generalitat pueda reforzar y complementar la acción del Ayuntamiento en el ejercicio de la competencia sancionadora por vulneración del régimen jurídico de las viviendas de protección oficial.