Competencia no impugna la reforma del Gobierno para inspeccionar las plataformas de pisos turísticos

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha desestimado la posibilidad de interponer un recurso contencioso administrativo contra el Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria a las plataformas de viviendas turísticas y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y el Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre.

La CNMC formuló en el pasado mes de febrero un requerimiento previo al Ministerio de Hacienda y Función Pública donde planteaba los posibles obstáculos a la competencia del artículo 1.11 del Real Decreto 1070/2017, que introduce un nuevo artículo 54 ter en el antedicho Reglamento General de Aplicación de los Tributos (RGAT) de forma que se obliga a los intermediarios en la cesión de viviendas turísticas a facilitar cierta información.

La CNMC consideró que la reforma podría plantear un efecto restrictivo para la competencia en el caso de que las obligaciones de información vinculasen a todo tipo de intermediarios. Por ejemplo, si se obligase a aquellos que solo albergan anuncios (y, por tanto, no tienen constancia de si la transacción se ha celebrado), se les abocaría a cambiar su modelo de negocio para cumplir con las exigencias informativas.

Por otra parte, la CNMC consideró que las obligaciones de información incluyen algunos aspectos que podrían ser innecesarios o desproporcionados para la finalidad de prevención del fraude fiscal, por lo que solicitó aclaración sobre el alcance de las mismas.

El requerimiento previo ha sido contestado mediante un Acuerdo del Consejo de Ministros. En la contestación, se precisa que las obligaciones de información únicamente vinculan a las plataformas que intermedian en la celebración del contrato, de modo que, a juicio de la CNMC, para recopilar y proporcionar la información exigida no les supondrá una carga desproporcionada.

La contestación también aporta una justificación detallada de la necesidad y proporcionalidad de las obligaciones de información sobre intermediarios incluidas en la reforma. A juicio de la CNMC, las obligaciones establecidas se pueden considerar justificadas por la lucha contra el fraude fiscal y no suponen una carga desproporcionada para intermediarios ni para los intervinientes en las transacciones.

- Advertisement -

Comparte las Noticias en tus Redes Sociales

Síguenos

- Publicidad -

CONTENIDOS DE PORTADA

CONTENIDOS RELACIONADOS

El 68% comparte piso por no poder pagar un alquiler completo

La vivienda compartida se consolida como una solución condicionada por el...

Solo el 17 % de los trabajadores cree que su oficina favorece el bienestar

Las oficinas afrontan el reto de responder a las nuevas necesidades...

El 94 % de las viviendas españolas necesita mejorar su eficiencia energética

El parque residencial español afronta un importante reto de eficiencia energética....

Vivir donde se trabaja se convierte en un lujo en las zonas turísticas

El crecimiento económico y turístico de destinos como Marbella, Baleares, Canarias,...

El capital hispanoamericano amplía su apuesta por la Costa del Sol

La inversión inmobiliaria procedente de Hispanoamérica está ganando peso en España...

La precisión industrial reduce el consumo y los residuos de fabricación

La eficiencia energética se ha convertido en un criterio estratégico para...

El alquiler en Alicante supera el esfuerzo financiero de las familias

El mercado del alquiler en Alicante afronta una situación de fuerte...

La teledetección valenciana anticipa riesgos ambientales con inteligencia artificial

La aplicación de la teledetección al análisis del territorio abre nuevas...