Competencia echa un capote a Airbnb como ejemplo de economía colaborativa

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) somete a consulta pública las conclusiones y recomendaciones preliminares de su estudio sobre los Nuevos Modelos de Prestación de Servicios y la Economía Colaborativa.

Se trata del primer estudio que se realiza en colaboración con la sociedad en sus diferentes fases antes de ser aprobado. El objetivo de la CNMC es recabar la máxima información ante un fenómeno que está transformando la sociedad.

Así, después de más de un año de trabajo, y de forma previa a su aprobación por el Consejo, se someten a consulta las conclusiones preliminares y provisionales antes de su aprobación definitiva.

De esta manera se permite a los expertos y a la opinión pública una colaboración adicional en un informe que está dirigido a dar unas pautas para afrontar la economía colaborativa desde el punto de vista de la competencia y la regulación económica eficiente.

La economía colaborativa, y la innovación disruptiva que implica, es una enorme oportunidad para fomentar una mayor competencia en los mercados. La CNMC entiende que este proceso se tiene que afrontar con cautela, de forma transparente y teniendo en cuenta todas las opiniones.

La elaboración del estudio comenzó con una primera consulta pública realizada entre noviembre de 2014 y enero de 2015. En ella se preguntó sobre los principios que deben regir la regulación, los efectos sobre el mercado de los nuevos modelos de prestación de servicios y la economía colaborativa, y la necesidad y proporcionalidad de la regulación conforme a estas nuevas circunstancias del mercado, centrándose de manera más concreta en los sectores de transporte de pasajeros y de alojamiento turístico.

Esta consulta recibió un total de 261 respuestas de particulares, Administraciones públicas, empresas y asociaciones, que fueron publicadas por la CNMC en su página web.

De las 14 recomendaciones preliminares, 6 están relacionadas con cuestiones generales de la economía colaborativa, 3 corresponden al alojamiento en viviendas de uso turístico (en las que deja bien a las claras que ejemplos como el de Airbnb tienen perfecta cabida en España) , 4 al transporte en taxi y vehículos con conductor (VTC) y 1 al transporte regular de viajeros en autobús.

Las recomendaciones sexta y séptima de la CNMC establecen lo siguiente:

Sexta. Mayor libertad de acceso al mercado de viviendas de uso turístico.

6.1 Eliminar cualquier tipo de moratoria en la autorización de nuevas viviendas turísticas.

6.2 Eliminar la inscripción de las viviendas turísticas en un registro y la publicación del número de registro como obligaciones para llevar a cabo la actividad.

6.3 Eliminar cualquier tipo de requisito de estancia mínima o máxima en viviendas turísticas.

6.4 Eliminar cualquier limitación del tipo de vivienda, típicamente excluyendo la tipología de pisos en régimen de propiedad horizontal en favor de viviendas unifamiliares o pareadas.

6.5 Eliminar cualquier tipo de prohibición por localización de la vivienda.

6.6 Eliminar la prohibición del alquiler de una vivienda turística por estancias o de la residencia permanente.

Séptima. Mayores libertades en el ejercicio de la actividad de alquiler de viviendas de uso turístico.

7.1 Eliminar los requisitos técnicos innecesarios o desproporcionados relativos a accesorios de la vivienda y equipamiento mínimo.

7.2 Eliminar la obligación de situar una placa distintiva en el exterior de la vivienda indicando la naturaleza de vivienda turística y contar con una autorización de la comunidad de propietarios.

7.3 Eliminar la obligación de cumplimentar el libro-registro por existir medios más ágiles y menos costosos.

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