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Valencia ajustará el valor fiscal de los inmuebles al de mercado

Con vistas a acabar con la conflictividad que, en los últimos años se había generado en la Comunidad Valenciana por la disparidad entre el valor fiscal de los inmuebles respecto a su valor de mercado, a efectos impositivos en compraventas, herencias y donaciones, una orden de la Conselleria de Hacienda pondrá en marcha un nuevo método de valoración, cumpliendo con una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que ha considerado inadecuado el método de valoración de bienes como viviendas, garajes o trasteros aprobado por la Generalitat en 2013.

La resolución judicial se refiere a un caso concreto pero comportará la previsible estimación en cascada de las miles de liquidaciones recurridas por los ciudadanos y pendientes. Sin embargo, hay sentencias adoptadas por otros tribunales en sentido contrario en otras comunidades, por lo que la conselleria, tras la consulta a la Abogacía de la Generalitat, elevará el caso al Tribunal Supremo para que unifique el criterio a seguir en todo el territorio.

El nuevo modelo apuesta por dotar de mayores garantías a los ciudadanos. Hasta ahora, la conselleria revisaba lo declarado por cada contribuyente y, si el importe era inferior al calculado por Hacienda, le tramitaba una liquidación para que abonara la diferencia. Para fijar ese valor, se utilizaba uno de los dos métodos establecidos en el artículo 57 de la Ley General Tributaria.

En octubre de 2013, el TSJ tumbó el sistema aplicado hasta entonces al anular las liquidaciones realizadas mediante el llamado «dictamen de perito», consistente en que estos especialistas efectuaban la valoración en función de diferentes criterios pero sin comprobar «in situ» el inmueble.

El anterior Consell aprobó un nuevo modelo de valoración, basado en la aplicación al valor catastral de los inmuebles de unos coeficientes que se revisaban anualmente para cada municipio y que figuraban en una orden de la Conselleria. Estos valores eran globales por municipios, sin distinguir entre barrios. El tribunal ha entendido que tampoco se cumple con el criterio fijado en 2013: la comprobación del valor ha de ser individualizada. El procedimiento que se seguirá a partir de ahora mantiene el sistema de aplicación de coeficientes a los valores catastrales pero introduciendo importantes novedades. De entrada, se han ajustado las cuantías a la situación actual del mercado inmobiliario, lo que comporta una reducción del valor.

Pero, además, se ha realizado un ajuste por zonas y distritos que, de momento, alcanza a las ciudades de Valencia y de Alicante. Asimismo, de la aplicación automática de los coeficientes se han excluido las plantas bajas y locales, adonde se enviará un perito para realizar la valoración, mientras que los garajes son objeto de un tratamiento diferenciado con coeficientes diferentes.

En caso de que el ciudadano siga discrepando de la valoración que le haya hecho la Generalitat, se enviará un perito. Pero solo en los supuestos de conflictividad. De este modo, se quiere compatibilizar el criterio de los jueces de comprobación «in situ» con un procedimiento que el Consell puede realizar con los medios con los que dispone.

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