viernes, 16 enero 2026
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Los jueces siguen dudando sobre la retroactividad en la devolución de la cláusula suelo

El elevado número de casos afectados sobre la retroactividad en la devolución de la cláusula suelo y su incierta aplicación está poniendo en un brete a los jueces españoles que, ante las dudas, están planteando un sinfín de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para tener certeza de a qué atenerse antes de dictar una sentencia.

En esta ocasión ha sido la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, la que ha planteado esta cuestión ante el TJUE. En el auto explica que el tribunal debe resolver sobre el carácter retroactivo de la nulidad de una cláusula (considerada abusiva por falta de transparencia) inserta en un contrato de préstamo hipotecario celebrado con un consumidor.

«La consecuencia de afirmar dicho efecto retroactivo pleno es la obligación de la entidad bancaria prestamista de devolver todas las cantidades que indebidamente percibió por la aplicación de la cláusula declarada nula desde la celebración del contrato de préstamo», afirman los magistrados, quienes albergan dudas sobre la correcta interpretación del Derecho de la Unión que afecta a estas situaciones.

«Dado el principio de no vinculación de una cláusula nula por abusiva», indican, la duda que se plantea «es si los artículos 6 y 7 de la Directiva 93/13/CEE, del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre cláusulas abusivas en contratos celebrados con consumidores, pueden interpretarse en el sentido de que permiten al juez nacional limitar los efectos retroactivos de la nulidad y si le permiten declarar que la cláusula nula por abusiva inserta en el contrato con un consumidor produzca sus efectos hasta una determinada fecha posterior a la celebración del contrato», aseguran.

La Audiencia plantea esta cuestión en el marco de un recurso de apelación que tiene pendiente de resolver con respecto a una sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº4 de Santiago que condenó a la entidad bancaria a devolver las cantidades indebidamente percibidas en virtud de dicha cláusula desde la fecha del contrato.

Nueva requisitoria que llega en un momento en que se espera la inminente sentencia del juzgado de lo Mercantil 11 de Madrid, relativa a la mayor acción colectiva de la historia de España, la macrodemanda interpuesta por Adicae contra 101 entidades financieras para eliminar las cláusulas suelo de las hipotecas, demanda a la que se sumaron más de 15.000 personas.

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