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Los valencianos ya no tendrán que presentar las escrituras públicas en sus declaraciones de impuestos

El Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV) ha publicado la orden que suprime la obligación de aportar la copia autorizada de un documento notarial al realizar su correspondiente autoliquidación de los impuestos de sucesiones y donaciones y de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Esta orden se aprueba en línea con los objetivos del Plan de Simplificación y Reducción de Cargas Administrativas (SIRCA 2) y teniendo en cuenta el derecho de los ciudadanos a no aportar documentación que ya obre en poder de la Administración actuante.

Al respecto, cabe destacar que parte de la documentación necesaria para las posteriores tareas de comprobación y control tributario de las autoliquidaciones en vía administrativa se halla ya a disposición de la administración, ya que los notarios en la actualidad remiten las fichas notariales y escrituras electrónicas, gracias al convenio suscrito entre la Generalitat y el Consejo General del Notariado en febrero del pasado año que permite además el suministro electrónico de los documentos notariales por el resto de los notarios de España.

Está previsto que los casi 350 notarios de la Comunidad Valenciana y los notarios del resto de España que autoricen operaciones que deban tributar en nuestra Comunidad remitan telemáticamente a la Generalitat cada año, como mínimo, entre 200.000 y 250.000 escrituras públicas (ya han remitido 211.938 de abril de 2014 a abril de 2015).

Esto permitirá además una mejora sustancial de la eficacia y la eficiencia de la comprobación de los documentos con transcendencia tributaria en el marco de la lucha contra el fraude fiscal de la administración tributaria de la Generalitat, incentivar la presentación telemática de declaraciones tributarias por parte de los contribuyentes valencianos y la confección de declaraciones especialmente mediante instrumentos informáticos de cumplimentación.

Estas declaraciones realizadas por los contribuyentes mediante instrumentos informáticos supusieron en 2014 más de un 70% del número total de declaraciones presentadas del modelo 600 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

La no presentación en papel de las escrituras supondrá también un evidente ahorro en papel (entre 3 y 4,5 millones de hojas) y de desplazamientos físicos a las dependencias tributarias.

No obstante lo anterior, la administración tributaria podrá solicitar la copia auténtica del documento notarial en que conste el acto o contrato y la copia simple del mismo, en el curso de un procedimiento de aplicación de los tributos o mediante un requerimiento de obtención de información, de aplicación de lo establecido en la Ley General Tributaria.

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