jueves, 13 marzo 2025

La enmienda 278 y el interés particular en los parques nacionales

Vuelta de tuerca en la tramitación del proyecto de ley de Parques Nacionales. A su paso por el Senado, el Grupo Popular ha introducido una enmienda, la 278, que, de salir adelante, daría un amplio margen de maniobra a los propietarios de terrenos incluidos en las zonas de protección, quedando supeditada la prohibición de actividades como la caza, la pesca o las actividades de explotación forestal al interés particular.

Lo que hace la enmienda es modificar la disposición adicional séptima, apartado 1, para añadir una frase al final del párrafo, la que señala que “en estos casos, los plazos anteriores se entenderán prorrogados hasta la celebración de dichos acuerdos o la aplicación de cualquier otro procedimiento para el rescate los correspondientes derechos”.

La disposición quedaría así, de aprobarse la enmienda: “1. Las administraciones públicas adoptarán, en un plazo máximo de cuatro años a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, las medidas precisas para adecuar la situación de los parques nacionales ya declarados a la entrada en vigor de esta Ley a las determinaciones contenidas en los artículos 6 y 7 de la misma, con la excepción de lo relativo a las superficies mínimas establecidas en el artículo 6.1 c). Las administraciones públicas promoverán la celebración de acuerdos voluntarios en los casos en que la adecuación afecte a derechos de terceros. En estos casos, los plazos anteriores se entenderán prorrogados hasta la celebración de dichos acuerdos o la aplicación de cualquier otro procedimiento para el rescate los correspondientes derechos”.

La letra pequeña de este texto añadido viene a decir que no entrará en vigor del régimen jurídico de protección de un parque nacional hasta que el propietario de los terrenos lo decida. Se trata, por tanto, de un hurto genérico del interés general declarado en la ley que, de esta forma, queda sencillamente invalidado.

De haberse introducido con anterioridad, una enmienda así habría permitido llevar a cabo proyectos como la construcción de la carretera costera de Doñana, las maniobras militares en Cabrera, las transformaciones hidroeléctricas en Aigües Tortes, la urbanización de Picos de Europa o las actividades mineras en el Teide.

Otro aspecto que queda en el aire es la posibilidad de que se ampare cualquier derecho real que pueda existir a futuro sin ningún tipo de limitación, en relación a que en algunas de estas zonas protegidas pueda plantearse extraer petróleo o gas, si se diera el caso. Difícil y de amplia controversia social, pero pudiera producirse.

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