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Empresas con capital extranjero podrán subvencionar hasta el 80% de sus proyectos de I+D+i en Extremadura

Mérida. Las empresas de capital extranjero, las agrupaciones de interés económico (AIE) y las agrupaciones de empresas donde participe, al menos, una empresa de capital extranjero, podrán solicitar la subvención a fondo perdido, de hasta el 80% de sus proyectos de I+D+i si éstos se desarrollan en la comunidad autónoma de Extremadura. La convocatoria para su solicitud ya está abierta y el plazo finaliza el 29 de febrero de 2012.

Esta subvención proviene del Fondo Tecnológico, una partida especial de fondos FEDER de la Unión Europea dedicada a la promoción de la I+D+i empresarial en España para el periodo 2007-2013, gestionada por la sociedad estatal Invest in Spain. Ya está abierta la convocatoria para su solicitud y el plazo se cierra el 29 de febrero de 2012.

La convocatoria incluye un conjunto de medidas con el propósito de fomentar la I+D+i en las empresas de capital extranjero que pretendan implantarse en España o en aquellas que, estando ya implantadas, pretendan iniciar sus actividades de I+D+i. En concreto, se prevén ayudas a experiencias piloto de implantación de empresas y/o proyectos de implantación de empresas.

Las ayudas previstas se destinarán a cubrir los conceptos de gasto derivados de la realización del proyecto: gastos de personal, costes de instrumental y material, costes de edificios y terrenos, costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia, gastos generales suplementarios y otros gastos de funcionamiento.

El periodo subvencionable comprenderá desde el 1 de marzo de 2012 hasta el 28 de febrero de 2013 y se aplicará una intensidad de ayuda máxima de un 80% en investigación aplicada y de un 60% en desarrollo experimental sobre el total de la cantidad estimada como subvencionable, de acuerdo con el Marco Comunitario sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2006/C 323/01).

Los criterios de selección de las operaciones serán: el incremento de los recursos de la empresa dedicados a la I+D+i, el incremento de la intensidad tecnológica aportada en forma de patentes, licencias, etc., la valoración de los efectos directos, indirectos e inducidos, el efecto arrastre del proyecto sobre la economía regional/nacional, el interés estratégico de las tecnologías a desarrollar para España, el fomento de los acuerdos de colaboración entre agentes privados y el fomento de los acuerdos de colaboración público-privado PPP (Public-Private-Partnership).

Además, también pueden acceder a este fondo las empresas que formen uniones o agrupaciones sin personalidad jurídica, rigiéndose por el documento contractual que las regule, existiendo un órgano de representación que actúe de interlocutor a efectos de la solicitud.

 

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