viernes, 14 marzo 2025

Jubilación a los 67 años y cotizar un mínimo de 37 años para cobrar el tope máximo

Madrid. Un comunicado remitido la pasada medianoche por el Ministerio de Trabajo e Inmigración certificó el acuerdo de la reforma de las pensiones entre el Ejecutivo y las centrales sindicales CCOO y UGT, que será aprobada hoy en el Consejo de Ministros.

Al final, la jubilación será a los 67 años como norma general y habrá que cotizar 37 años para cobrar la pensión máxima. En el caso de que el retiro se produzca a los 65, los años de cotización se elevan a 38,5 años.

Para calcular el periodo de cómputo de la prestación se tomarán los 25 últimos años cotizados, no los 15 de ahora. Esta ampliación del cómputo se hará en dos tramos. Se tomarán los últimos 20 hasta 2016 y se elevará de forma progresiva hasta los 25, como máximo en 2024.

Además de los datos estrictos relativos a las pensiones, el acuerdo alcanzado entre Gobierno y sindicatos, y traslado a la patronal y a los partidos de la oposición, introduce un conjunto de medidas de calado social. Así, quienes soliciten excedencia para cuidado de hijos sumarán nueve meses de cotización por cada uno de ellos, hasta un máximo de dos años. También las prácticas como becarios de quienes hayan acabado los estudios universitarios contarán como periodo cotizado hasta un máximo de dos años.

Por lo que a jubilación anticipada a los 61 años se refiere, sólo podrán acogerse aquellos trabajadores que procedan de crisis empresariales, un concepto por definir. Y se endurecerá la posibilidad de acceder a la jubilación parcial, ya que las empresas tendrán que pagar dos cotizaciones, la del que se va y la del trabajador que le suple.

A los autónomos se les reconoce por primera vez la jubilación anticipada a los 63 años, con iguales coeficientes que se aplican a los asalariados. Cada año que se anticipe el retiro antes de los 67 años (ahora 65) se recortará la pensión un 5% anual (ahora, el 8%). Habrá bonificaciones del 3% anual para los trabajadores que decidan voluntariamente prolongar su vida laboral más allá de los 67 años (ahora, 2%).

La nueva norma endurecerá la posibilidad de acogerse a prejubilaciones, aumentando la edad de acceso de los 52 años actuales a los 54 años, y castigará a las empresas, que tendrán más costes de la Seguridad Social.

Por otro lado, el acuerdo contempla que para garantizar la proporcionalidad entre las contribuciones y las prestaciones esperadas se realice desde 2027, horizonte de entrada en vigor de la reforma, una revisión cada cinco años de los parámetros fundamentales.   Estas revisiones responderán a las diferencias entre la evolución de la esperanza de vida a los 67 años en el año en que se efectúe la revisión y la de 67 años en 2027.

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