Madrid. Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el pasado sábado 8 de enero, de un edicto del Juzgado de lo Mercantil número dos de Madrid, informando de la presentación del informe de la administración concursal, así como del inventario de bienes y derechos, y de la lista de los 700 acreedores a los que la inmobiliaria Nozar adeuda unos 1.600 millones, se ha abierto plazo de diez días, hasta el próximo lunes 17 de enero, para que los interesados puedan presentar impugnaciones, que serán sustanciadas por los trámites del incidente concursal, siendo necesario valerse de Abogado y Procurador.
El informe de la administración concursal fue presentado por los nuevos administradores concursales de Nozar el pasado 14 de diciembre, apurando al máximo el plazo de dos meses que el juez había dado. Como ya viene siendo habitual en estos casos, la deuda es muy superior a la anunciada en un principio. No son 700 los millones que se deben, sino 1.600 el monto de millones adeudados a aproximadamente 700 acreedores, el 5% de ellos entidades financieras.
Esos 900 millones más de deuda se relacionan, según recoge el documento, con un reciente auto judicial que, tras convertir el concurso de voluntario en necesario, retrotraía a noviembre de 2008 la fecha de referencia para la quiebra de la compañía, y, como consecuencia de esta modificación, la administración propone al juez que se anulen los contratos de compraventa realizados a partir de noviembre de 2008.
A partir de ahora, el devenir del concurso pasa por la ratificación por parte del juez del informe de los administradores, la apertura de un periodo de alegaciones y la resolución final que se hagan de ellas para finalizar la fase común, que dará paso a negociar el convenio de acreedores que pueda presentar la inmobiliaria, con las condiciones y calendario de pagos.
El polémico cambio de administradores fue ratificado hace dos meses por Andrés Sánchez Magro, titular del Juzgado de lo Mercantil número dos de Madrid, quien recogía en el auto que se imponía “urgentemente un giro sustancial en la llevanza y gestión de este procedimiento”, porque “el anterior clima de beligerancia que se ha podido evidenciar en las actuaciones ha de ser sustituido por un régimen de abierta cooperación”, señalaba el juez.