El Consejo Económico y Social aboga por cargar el bono social en los presupuestos, no en las eléctricas

El Consejo Económico y Social (CES), en su último informe sobre el sector eléctrico en España, estima que, en lo que respecta a la financiación del bono social, sería aconsejable revisar los criterios de reparto entre las comercializadoras, contemplándose, no solo el número de contratos de cada empresa, sino también el volumen de energía comercializada por cada una.

En todo caso, cabría considerar la financiación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de la parte del coste del bono social actualmente asumida por el conjunto de los comercializadores, así como de la que se encargan los Servicios Sociales para los consumidores en riesgo de exclusión, incluidas las deudas por impago de los consumidores vulnerables y de los gastos para la rehabilitación de edificios ineficientes habitados por consumidores vulnerables.

Al mismo tiempo, sería conveniente revisar los instrumentos fiscales, incluyendo medidas de protección y apoyo a los trabajadores afectados y a los colectivos vulnerables. La energía eléctrica es un bien de primera necesidad. En este sentido, debería plantearse la aplicación del tipo de IVA previsto para ese fin.

En todo caso, el Estado debería garantizar el acceso a la energía eléctrica a todos los ciudadanos, sufragando su coste a los hogares más vulnerables, en lugar de depositar la responsabilidad en las empresas comercializadoras. Por último, siendo el bono social una medida de protección social, sería más adecuado que la Administración del Estado fuera la instancia responsable de transmitir y difundir la información pertinente sobre dicho bono.

Sobre el consumo eléctrico de los hogares y los aspectos sociales relacionados, el CES subraya que, en España, el acceso a este recurso básico está determinado por las variaciones de un mercado con unas características muy particulares que no favorecen la estabilidad, y por tanto la previsibilidad, de los precios, dificultando la planificación de los gastos de las familias.

Así, en el momento presente la parte fija de la estructura de la tarifa (regulada) supone entre el 50 y el 60 por 100, en tanto que la parte variable está sujeta a las distintas modalidades de contratación del suministro de energía: el suministro de referencia es de aplicación a los consumidores conectados en baja tensión con potencia contratada hasta 10 kW, la contratación en el mercado liberalizado y el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, o PVPC.

La existencia de una gama abundante de tarifas, que pueden incluir modalidades como la tarifa plana, o el establecimiento de precios distintos en función de las horas del día, entre otras, puede llegar a hacer difícil una valoración cabal de los usuarios que deben escoger la más adecuada a las características de sus hogares.
Además, en este contexto, el establecimiento de una factura eléctrica en la que los distintos conceptos que la integran sean claros y comprensibles para un ciudadano con un nivel medio de comprensión no se ha logrado, por lo que su consecución debe ser un objetivo a corto plazo.

Por otro lado, en los diez últimos años se han puesto de manifiesto los problemas de muchos hogares para hacer frente a los gastos de suministros básicos de la vivienda, como los de la energía, en un contexto de precios crecientes de estos servicios Las consecuencias sociales de la crisis, aún no revertidas, se hacen visibles en el incremento del número de hogares con bajos ingresos o elevado endeudamiento.

A ello se unen otras circunstancias como la elevación de los precios de las principales fuentes de energía o los problemas de conservación o aislamiento ineficiente de las viviendas o las instalaciones inadecuadas de calefacción o climatización en España.

La identificación de estas circunstancias como factores causales, sin embargo, solo se ha traducido hasta el momento en respuestas institucionales parciales para afrontar el problema de la vulnerabilidad. Aún no se ha desarrollado todavía un indicador específicamente diseñado para medir el alcance de la vulnerabilidad de los consumidores frente a la energía.

La reciente regulación de la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos recogen los nuevos requisitos para que la aplicación del bono social.

La principal novedad viene dada por los criterios para aplicar los descuentos de dicho bono, que se establecerán en función de la renta en lugar de la potencia contratada, la percepción de pensión mínima o las situaciones de desempleo en la unidad familiar de desempleados.

A este respecto, llama la atención la aplicación de los descuentos del bono social a todas las familias numerosas, sin tener en cuenta ningún límite de renta. No obstante, las rebajas establecidas en el bono social (25 por 100 para los consumidores vulnerables y 40 por 100 para los vulnerables severos) tienen un alcance muy limitado, aplicándose únicamente sobre los contratos acogidos al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor y sin tener en cuenta el término de potencia ni los impuestos.

Por ello sería aconsejable extender su aplicación al total de la factura. Por otro lado, los límites de consumo anual (a partir de 1.200 kWh) establecidos en la nueva regulación son muy bajos si se tiene en cuenta el consumo medio por hogar, lo que reduce la eficacia de la medida en su conjunto.

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