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Carmena legaliza los pisos que lleven más de dos años ocupados

Nueva etapa la que esta semana se inicia en la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) de Madrid. Tras la venta de casi 1.900 viviendas al fondo Blackstone y el parón registrado en nuevas promociones, decisiones tomadas por el anterior equipo de gobierno, presidido por Ana Botella, ahora la nueva corporación ha decidido reorientar la política municipal de vivienda.

Y lo hace con alguna medida como poco llamativa, como la de legalizar los pisos que lleven más de dos años ocupados. Una de las medidas introducidas en la modificación del Reglamento de Adjudicación de Viviendas con Protección Pública afectas a los Programas Municipales de Vivienda, así como de las condiciones contractuales de arrendamiento de la EMVS.

De esta manera, se elimina el veto a que estos ocupantes de una vivienda de la EMVS, sin título alguno, puedan estar inscritos en el Registro de Solicitantes. Solo afecta a quienes lleven un mínimo de dos años en el inmueble y esa residencia esté debidamente acreditada en el momento de la solicitud de inscripción. No obstante, subraya que a partir de la publicación del nuevo reglamento no se reconocerá derecho alguno sobre ninguna nueva ocupación.

El nuevo paquete de medidas que servirán para relanzar la EMVS está orientado a aumentar el parque público de vivienda en alquiler, conseguir unas relaciones arrendaticias más seguras y estables para sus inquilinos, y elevar las garantías para que el pago de la renta nunca sea un esfuerzo inasumible.

De esta manera, antes de que acabe 2015, está previsto que se saquen 612 viviendas en régimen de alquiler general y 194 para jóvenes, a un precio reducido de 150 euros mensuales.

También se reduce de 5 a 3 años la penalización para volver a solicitar vivienda tras haber renunciado a una adjudicada y sólo se aplicará en los casos en los que dicha renuncia esté injustificada. Y, además, se prohíbe expresamente la inscripción en el Registro tanto de los consejeros como de los representantes de las fuerzas políticas municipales en el consejo de administración de la empresa.

El nuevo texto contempla también la posibilidad de solicitar el cambio de vivienda en los casos de aumento o disminución de la unidad familiar, inadecuación del inmueble a necesidades de adaptación sobrevenidas o ante situaciones de salud o circunstancias sociales que justifiquen el cambio.

En cuanto a la adjudicación, se realizará por sorteo en el caso de los jóvenes, mientras que se utilizará un baremo combinado en el programa de arrendamiento general, y otro baremo en el caso del programa de Situaciones Prioritarias de Atención.

El nuevo plan que se propone facilitar el acceso a los programas de alquiler a quienes viven en situación de mayor vulnerabilidad. En ese caso se pide un arraigo de 2 años de residencia y tener unos ingresos familiares que no superen las 3,5 veces el IPREM.

También deben acreditar algunas de las siguientes circunstancias: ingresos familiares inferiores al 0,75 el IPREM; pérdida de la vivienda por sentencia judicial firme en proceso de desahucio; que las condiciones de la vivienda actual les ocasiones problemas de salud o que la vivienda sea inadecuada tanto por superficie útil como por condiciones de habitabilidad; abandono de la vivienda actual por causa de violencia de género; pérdida o abandono por deficiencias graves del edificio; viviendas sin las mínimas condiciones de accesibilidad, aunque sean de su propiedad, en el caso de los mayores de 65 años con problemas de movilidad y, finalmente, aquellas situaciones de vulnerabilidad extraordinaria y excepcional.

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