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La Consejería de Fomento andaluza podría sancionar a Sareb con más de 100 millones

En los dos primeros planes de negocio de la Sareb no figuran gastos no recurrentes provenientes de imprevistos que pudieran derivarse de su actividad inmobiliaria. Y ni mucho menos que fueran de la enjundia de la multa que le quiere impone la Junta de Andalucía.

Más de 100 millones de euros por haber, lo que se suele decir, pasado olímpicamente, de las reclamaciones relativas a la situación en que se encuentran cerca de 1.000 pisos protegidos, que habían sido requeridas desde la Consejería de Fomento andaluza.

Las posibles sanciones ascienden a un máximo de 109,44 millones de euros, siempre que la Sareb no acredite ante la Consejería que dirige Elena Cortés haber puesto a disposición de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida los al menos 911 inmuebles de esta tipología que posee en Andalucía.

Estos registros establecen los mecanismos de selección para la adjudicación de viviendas de protección pública y señalan los requisitos socioeconómicos para el acceso a las mismas bajo principios de igualdad, publicidad y concurrencia.

El primer procedimiento se debe al supuesto incumplimiento que establece la obligación de aportar a la administración pública inventario de las viviendas protegidas que se encuentren en sus balances.

La segunda sanción a la que se expone la Sareb, por 911 infracciones muy graves, responde a la supuesta vulneración del artículo 20m de la misma Ley de Vivienda Protegida, también introducido en su actual redacción por la Ley de Función Social de la Vivienda, que establece la obligación de cualquier persona física o jurídica de poner sus viviendas protegidas a disposición de los Registros Públicos Municipales de Demandantes.

Las sanciones establecidas por la Ley de VPO para sanciones muy graves van de 30.001 a 120.000 euros. Por lo tanto, los procedimientos sancionadores abiertos por la Consejería podrían suponer una sanción de un máximo de 109,4 millones de euros, siempre y cuando quede acreditado que la Sareb no ha puesto sus 911 viviendas a disposición de los Registros.

La Consejería de Fomento y Vivienda ha tenido conocimiento de la existencia de estas 911 viviendas protegidas titularidad de la Sareb que supuestamente incumplen su función social a través de información oficial de la propia sociedad de gestión.

La Presidencia del Gobierno de España recurrió ante el TC el 18 de diciembre de 2013 varios preceptos la Ley de Función Social de la Vivienda. En dicho recurso, así como en el anteriormente presentado el 9 de julio de 2013 contra el Decreto precedente, la Presidencia del Gobierno adjuntó entre su documentación un informe de la Sareb, titulado ‘Análisis de Impacto y Valoración del Decreto-Ley de Andalucía’, que señala que “en torno a un 12% de la cartera de la Sareb se encuentra radicado en el territorio andaluz”, un total de 6.379 viviendas que desglosa del siguiente modo: vivienda libre primera residencia: 4.473; vivienda libre segunda residencia: 995; vivienda protegida: 911.

La Ley de Medidas para Asegurar la Función Social de la Vivienda no fue impugnada en su totalidad, sino sólo algunos preceptos, como la potestad de sancionar a entidades financieras por mantener viviendas vacías durante más de seis meses o la de expropiar temporalmente el uso de viviendas para evitar desahucios de familias en riesgo de exclusión social. Los artículos que permiten vigilar y sancionar los incumplimientos de las obligaciones de la función social de las viviendas protegidas siguen plenamente vigentes.
 

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