Como se preveía, los edificios españoles no cuentan con unas condiciones de eficiencia energética de las que alardear. Y dos años después esta previsión empieza a verificarse. Andalucía, por ejemplo, ha hecho balance de estos años desde que, en junio de 2013, entrara en vigor el Real Decreto 235/2013, que obliga a la obtención de estos títulos en determinados inmuebles y los resultados hablan por sí solos.
La mayoría de los casi 200.000 registros otorgados pertenecen a la categoría E, con 91.485 certificados, seguida de algo más de 54.000 que corresponderían a la categoría inferior, la G. Las superiores, por el contrario, cuentan con 281 certificados para la categoría A, mientras que la A Excelente -la más elevada de cuantas recoge la norma- se ha otorgado en estos dos años a 54 inmuebles.
El registro de los certificados energéticos es obligatorio en aquellos inmuebles que estén en uso si su propietario desea venderlo o alquilarlo, así como en todos los edificios administrativos donde se ocupe una superficie igual o superior a 250 metros cuadrados y sean frecuentados por el público.
Para la obtención de este documento, desde la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio se mantiene activa una aplicación on line, una herramienta que facilita y agiliza la realización de ese trámite, de manera que los ciudadanos no tengan que desplazarse hasta las delegaciones territoriales para llevarlo a efecto.
El volumen total de registros tramitados dos años después de su puesta en marcha asciende a 197.188, de los que Málaga y Sevilla copan el 50% (concretamente, 99.378), y el resto de distribuye por las demás provincias en porcentajes que abarcan desde el 12,13% de Granada y Almería hasta el 3,9% de Huelva.
Antes de que la norma del Gobierno central iniciara su andadura, en Andalucía ya existía un decreto autonómico, concretamente el 169/2011, de 31 de mayo, que establecía la obligatoriedad de realizar una certificación energética para edificios de nueva construcción o sometidos a grandes reformas.
Con la puesta en marcha del decreto de 2013, esa obligatoriedad también se hizo extensiva por parte del Gobierno central a las edificaciones existentes de todo tipo que se vendan o alquilen, y a una parte de las sedes administrativas.
Ese certificado andaluz no sólo recogía la calificación energética del edificio, sino también el cumplimiento de las exigencias básicas de ahorro energético y energías renovables, así como la validez de los Planes de Gestión de la Energía, que también deben elaborarse de acuerdo con dicha norma.