domingo, 19 enero 2025

Solo 54 edificios, de casi 200.000, reciben la excelencia energética en Andalucía

Como se preveía, los edificios españoles no cuentan con unas condiciones de eficiencia energética de las que alardear. Y dos años después esta previsión empieza a verificarse. Andalucía, por ejemplo, ha hecho balance de estos años desde que, en junio de 2013, entrara en vigor el Real Decreto 235/2013, que obliga a la obtención de estos títulos en determinados inmuebles y los resultados hablan por sí solos.

La mayoría de los casi 200.000 registros otorgados pertenecen a la categoría E, con 91.485 certificados, seguida de algo más de 54.000 que corresponderían a la categoría inferior, la G. Las superiores, por el contrario, cuentan con 281 certificados para la categoría A, mientras que la A Excelente -la más elevada de cuantas recoge la norma- se ha otorgado en estos dos años a 54 inmuebles.

El registro de los certificados energéticos es obligatorio en aquellos inmuebles que estén en uso si su propietario desea venderlo o alquilarlo, así como en todos los edificios administrativos donde se ocupe una superficie igual o superior a 250 metros cuadrados y sean frecuentados por el público.

Para la obtención de este documento, desde la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio se mantiene activa una aplicación on line, una herramienta que facilita y agiliza la realización de ese trámite, de manera que los ciudadanos no tengan que desplazarse hasta las delegaciones territoriales para llevarlo a efecto.

El volumen total de registros tramitados dos años después de su puesta en marcha asciende a 197.188, de los que Málaga y Sevilla copan el 50% (concretamente, 99.378), y el resto de distribuye por las demás provincias en porcentajes que abarcan desde el 12,13% de Granada y Almería hasta el 3,9% de Huelva.

Antes de que la norma del Gobierno central iniciara su andadura, en Andalucía ya existía un decreto autonómico, concretamente el 169/2011, de 31 de mayo, que establecía la obligatoriedad de realizar una certificación energética para edificios de nueva construcción o sometidos a grandes reformas.

Con la puesta en marcha del decreto de 2013, esa obligatoriedad también se hizo extensiva por parte del Gobierno central a las edificaciones existentes de todo tipo que se vendan o alquilen, y a una parte de las sedes administrativas.

Ese certificado andaluz no sólo recogía la calificación energética del edificio, sino también el cumplimiento de las exigencias básicas de ahorro energético y energías renovables, así como la validez de los Planes de Gestión de la Energía, que también deben elaborarse de acuerdo con dicha norma.

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