Otra sentencia del Tribunal Supremo que llega tarde para paliar las consecuencias medioambientales que hace cuatro años pretendía evitar el recurso presentado contra el plan de gestión de la Zona de Especial Conservación de las Cuencas y Encinares de los ríos Alberche y Cofio, al suroeste de la Comunidad de Madrid, que el Gobierno regional diseñó, deprisa y corriendo, para dar cobertura legal a proyectos como el desdoblamiento de la carretera M-501. Ahora, el Supremo sentencia que ese plan es nulo.
Este espacio está incluido en la Red Natura, un conjunto de enclaves naturales que los estados miembros de la Unión Europea están obligados a declarar y conservar. Por ello, es necesario la elaboración de planes de gestión que permitan una adecuada conservación de las especies y de los hábitats que los conforman. Sin embargo, el plan de gestión, ahora anulado, se utilizó para dar cobertura legal a proyectos incompatibles con la conservación de este espacio.
Así se autorizaba la construcción de campos de golf en más del 60% del territorio, parques de ocio como el previsto en el norte del casco urbano de Fresnedillas de la Oliva, macrocomplejos deportivos como el de la finca La Granja, en Villa del Prado, o la expansión urbanística de la totalidad de los municipios del espacio protegido. Todo, en base a una zonificación arbitraria realizada sin criterios técnicos ni científicos.
El Supremo anula el plan de gestión porque carece de objetivos de conservación específicos para los hábitats y las especies de interés de la ZEC y porque no justifica la zonificación establecida, así como las medidas de conservación y gestión. De esta forma el Tribunal considera que el documento se aprobó de forma arbitraria y con ausencia de motivación.
Entre las consecuencias más inmediatas podría estar la repercusión sobre el procedimiento de ejecución de sentencia de la carretera M-501. Desde el año 2011, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) está tramitando la ejecución forzosa, que afecta al tramo entre Quijorna y Navas del Rey. Recientemente la Comunidad de Madrid ha justificado la legalidad de la actuación, entre otras cuestiones, por su adaptación al plan de gestión que ahora ha sido anulado.