Como cada año, la Junta de Andalucía ha llevado a cabo una inspección para el control de las cantidades a cuenta entregadas por los usuarios para compra y alquiler de viviendas.
Y las conclusiones a las que se llegan vuelven a decir que, a pesar de todo lo que se ha escrito y de la jurisprudencia judicial vertida al respecto, la casuística vuelve a precisar que hay que incidir todavía más de lo que se ha hecho, pues existen descuidos más o menos voluntarios, que son necesarios atajar.
De las 287 actuaciones analizadas, se levantaron 162 actas positivas, lo que implica un incumplimiento del 57%. Además, el 39% de las promociones donde se recogen cantidades a cuenta, éstas no estaban avaladas o aseguradas individualmente para cada comprador. No obstante, se percibe una bajada respecto al año anterior. En el caso de la inspección a entidades financieras, casi el 80% de las 58 revisadas incumplía algún aspecto de la normativa.
Tras incidir en el tema de las cantidades a cuenta, en 2015 la inspección de la Junta se va a centrar en la información que se ofrece en compraventa y alquiler de viviendas. Se trata d poner el foco en empresas y gestores inmobiliarios, promotoras y constructoras, independientemente de que las casas se encuentren en proyecto, en construcción o ya construidas.
Se busca conocer la situación del sector y las características de las ofertas, promociones y publicidad que en materia de compraventa y arrendamiento de viviendas se están llevando a cabo, así como el grado de cumplimiento de las preceptivas autorizaciones y control de documentos administrativos, o el grado de cumplimiento de la normativa en cuanto a la información que se le facilita a las personas consumidoras sobre datos generales y concretos de la vivienda objeto de venta, como el precio, las condiciones de pago o las garantías de las cantidades entregadas a cuenta en vivienda que no se encuentren totalmente terminadas.
Los inspectores comprobarán que el contenido de los contratos de compraventa firmados se ajusta a las exigencias de la normativa, y también se encargarán de verificar que el bien que se pretende vender corresponde efectivamente a la oferta que se está realizando, así como que la coincidencia de sus características se refleja debidamente en la información previa y en los contratos de compraventa.
Igualmente, comprobarán que, en el caso de realizar la inspección de viviendas en proyecto o en construcción, existen avales individuales tanto en VPO como en vivienda libre y si se pone a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética, que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio, toda vez que esta información se debe incluir en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler.