Madrid pone 14 millones para la rehabilitación energética de edificios antiguos

Otros 14 millones de euros ha puesto la Comunidad de Madrid a disposición de los vecinos para ayudar a la conservación, mejora de la calidad y sostenibilidad y ajustes en materia de accesibilidad de edificios de viviendas antiguos.

Con esta línea de capital se pretende financiar obras de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes de viviendas residenciales colectivas que estén finalizados antes de 1981. Y que, además, al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda, y que ese mismo porcentaje de las viviendas constituyan el domicilio habitual de quienes residan en ellas.

De manera excepciona, se admitirán solicitudes para edificios que, sin cumplir las condiciones anteriores, presenten graves daños estructurales que justifiquen su inclusión o tenga íntegramente destino al alquiler durante 10 años desde la recepción de la ayuda. No serán financiables las obras terminadas con anterioridad al 4 de diciembre de 2014.

Las actuaciones podrán consistir, entre otras, en la mejora de la envolvente térmica del edificio, la instalación de sistemas energéticos eficientes o con energías renovables, la mejora de la eficiencia energética en las instalaciones comunes, el ahorro de agua, la instalación de ascensores o salvaescaleras y productos que permitan el acceso a las personas con discapacidad.

Podrán ser también beneficiarios las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios o los propietarios únicos de edificios de viviendas.

La cuantía máxima de la subvención a conceder por edificio, no podrá superar el importe de multiplicar 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 m2 de superficie útil de local (12.100 euros cuando se trate de edificios declarados bienes de interés cultural, catalogados o que cuenten con protección integral en el instrumento de ordenación urbanística correspondiente).

Además, habrá que contemplar las cuantías económicas específicas destinadas para cada tipo de actuación. La cuantía máxima de las subvenciones a conceder por edificio no podrá superar el 35% del coste subvencionable de la actuación. No obstante, y de manera excepcional en el caso de actuaciones para la mejora de la accesibilidad y sólo, en la partida correspondiente a la accesibilidad, se podrá llegar al 50%.

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