Madrid. El pasado mes de abril el Gobierno aprobó una ampliación de los incentivos para la rehabilitación de viviendas, ampliando particularmente el tipo de deducción en el IRPF, los tramos de renta que pueden beneficiarse y la tipología de viviendas que pueden ser objeto de rehabilitación, sin embargo quedan algunas medidas propuestas por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) de España que, además de generar empleo, podrían ser una vía adecuada para emerger buena parte de la competencia desleal que se produce en esta actividad.
La más importante es abordar la rehabilitación integral de edificios afrontando, si es necesario, un cambio en la Ley de Ordenación Territorial para que una minoría de propietarios no pueda obstruir permanentemente el proceso de rehabilitación y crear una línea específica de crédito ICO con este objetivo. “Los créditos deberán tener especiales condiciones para aquellas rehabilitaciones que se hagan dentro de proyectos integrales que incluyan la mejora del urbanismo comercial”, aclara Sebastián Reyna, secretario general de UPTA España.
Por otra parte, debe establecerse un sistema de incentivos fiscales en el Impuesto de Sociedades y en los rendimientos de actividades económicas del IRPF “para que empresas y autónomos puedan abordar la reforma y rehabilitación de sus propios locales comerciales u oficinas, o bien para su disposición en alquiler para el ejercicio de actividades económicas”, añade Reyna.
Especialmente esta medida debería establecerse con prioridad para zonas rurales y centros de las ciudades, a fin de asegurar el mantenimiento de la actividad comercial y económica en estos ámbitos. “No parece justificado ampliar la deducción a las segundas viviendas y a las que salen a alquiler particular y olvidar las afectas a las actividades económicas que tienen una mayor eficiencia social”, explica el secretario general de UPTA España.
Por otra parte, y como medida complementaria al Plan de lucha contra la economía sumergida, debe avanzarse en la puesta en marcha de Registros de técnicos en rehabilitación, tanto de empresas como de autónomos. Si bien son correctas las condiciones impuestas para la emisión de facturas deducibles y formas de pago, “sin embargo no son suficientes”, asegura Reyna, ya que debe demostrarse que la empresa que emite la factura cumple con sus obligaciones legales en materia de tributación, pagos a la Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y cualificación profesional si esta fuera exigible. “Sólo las empresa y autónomos registrados podrían aplicar el IVA reducido del 8%”, concluye el secretario general de UPTA España.