La aseguradora Asefa debe devolver 4,5 millones a 63 cooperativistas de Madrid

Nueva sentencia a favor de cooperativistas que adelantaron dinero para la compra de sus viviendas y que, en este caso sí, llegaron a construirse, pero mucho después de la fecha prevista y, además, en un emplazamiento diferente.

En esta ocasión, ha sido el Juzgado de Primera Instancia 52 de Madrid el que ha dictado una nueva sentencia, emitida el pasado 27 de enero, a favor de los 67 socios afectados por la Sociedad Cooperativa Madrileña de Viviendas Platinum, situada en el nuevo barrio de El Cañaveral, enclavado en la Estrategia Sureste de Madrid

La sentencia condena a la aseguradora Asefa a devolver las cantidades aportadas por la compra de una vivienda sobre plano a los cooperativistas, obligándola a pagar un total de 4,5 millones de euros, 3,4 millones de indemnización y 1,1 millones por los intereses legales adicionales por los más de 10 años transcurridos desde que los socios aportaron las cantidades solicitadas por los gestores de la cooperativa.

Platinum SCMV fue constituida en marzo de 2003 con el propósito de procurar a sus socios unas viviendas a precio de coste, que debían haberse construido también en la zona sureste de la ciudad de Madrid, concretamente en el sector de Los Cerros.

Si bien finalmente las viviendas se construyeron en el sector de El Cañaveral, lo hicieron con mucho retraso y a día de hoy siguen sin poder entregarse por la falta de urbanización de los terrenos donde se encuentran.

Tras más de 10 años esperando sus viviendas, muchos de los socios de la cooperativa decidieron interponer una demanda contra la aseguradora, al amparo de la Ley 57/68, reclamándole la correspondiente indemnización.

Esta última decisión se une a las múltiples sentencias que en los últimos años están dictando Juzgados y Tribunales en favor de los cooperativistas y compradores de vivienda sobre plano y que avalan la posibilidad de que estos recuperen todo su dinero más intereses.

Especialmente significativa fue la dictada el pasado 21 de diciembre por el Tribunal Supremo, por la que se condenaba a Caja de Ahorros del Mediterráneo a devolver las cantidades aportadas por la compra de una vivienda que no llegó a entregarse.

Una nueva sentencia del Tribunal Supremo, que suponía un paso más a favor de todos los compradores de vivienda afectados, ya que confirmaba que los bancos que incumplan el deber de vigilancia que la ley les impone en las compraventas de viviendas sobre plano, deberán devolver su dinero al comprador, en caso que éste no reciba su vivienda en el plazo previsto en el contrato de compraventa.

Es cierto que sobre esta cuestión ya existía una sentencia del Alto Tribunal, pero la trataba de forma muy indirecta..

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