sábado, 19 julio 2025
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Nuevas zonas de gran afluencia turística en diez ciudades y mayor agilidad para abrir negocios

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley con medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. La norma contiene las medidas incluidas en el Plan Nacional de Reformas en materia de liberalización comercial y en las que el Gobierno viene trabajando con el propio sector y las Comunidades Autónomas.

En el ámbito de la regulación de las Zonas de Gran Afluencia Turística, las Comunidades tendrán que declarar en un plazo de seis meses estas zonas en los municipios de su respectivo ámbito territorial con una población superior a los cien mil habitantes y una elevada ocupación hotelera seiscientas mil pernoctaciones en el año inmediato anterior y/o más de cuatrocientos mil pasajeros en cruceros turísticos.

Con estos baremos, diez nuevas ciudades tendrán que declarar al menos una Zona de Gran Afluencia Turística: San Sebastián, A Coruña, Salamanca (ya declarada), Santander, Oviedo, Gijón, Almería, Marbella (ya declarada), León y Jerez de la Frontera (ver cuadro adjunto). Los Ayuntamientos serán los responsables de delimitar las zonas y las comunidades, de declararlas.

El Real Decreto Ley disminuye, por tanto, los umbrales establecidos en la norma de 2012 (doscientos mil habitantes y un millón de pernoctaciones), que dio lugar a la declaración de catorce ciudades. Se busca, así, extender el régimen especial de libertad de horarios a un mayor número de zonas en municipios de singular atractivo turístico.

A estas ciudades se han sumado con posterioridad declaraciones voluntarias de otros municipios, entre los que destacan como capitales de provincia Ávila, Valladolid, Salamanca, Badajoz y Cáceres, además del municipio de Mérida y la ciudad autónoma de Ceuta.

El texto legal incluye la declaración de todo el municipio como zona de gran afluencia turística en caso de que no se declaren las zonas en las ciudades que contempla la norma en el plazo de seis meses, o bien no se declaren en las ciudades ya afectadas por el Real Decreto Ley 20/2012 en el plazo de dos meses.

Las Zonas de Gran Afluencia Turística, con libertad de horarios para todas las superficies comerciales, son especialmente necesarias para impulsar el binomio comercio-turismo en España, un país que recibe sesenta millones de turistas al año. Los datos de entradas de turistas y de gasto turístico en 2014 en las Comunidades Autónomas en las que se sitúan los diez nuevos municipios objeto de esta medida muestran un incremento significativo de turistas (ver cuadro adjunto).

En concreto, once Comunidades Autónomas aumentaron sus ventas en mayo de 2014 respecto al mismo mes de 2013. Los mayores incrementos se producen en las Comunidades más turísticas: Illes Balears (+3,7 por 100 en mayo) con valores positivos de las ventas desde abril de 2013 y Canarias (+4,9 por 100 en mayo) que presenta valores positivos de las ventas desde julio de 2013. El resto de Comunidades con tasas de ventas positivas en mayo son Comunidad Valenciana (+2,4%), Cantabria (+2,9%), La Rioja (+4%), Murcia (+2%), Andalucía (+1%), Castilla-La Mancha (+2,3%), Navarra (+3,3%), País Vasco (+1,5%) y Cataluña (+0,6%).

Actualmente hay 681 Zonzas de Gran Afluencia Turística declaradas en un total de 526 municipios, en las que los comerciantes pueden decidir libremente su horario de apertura, ninguna de las cuales ha sido revocada.

Además, se modifica la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, en su artículo 6, para agilizar la implantación de nuevas superficies comerciales en nuestro país, que serán también de aplicación en los casos de traslado o ampliación de superficies. Se limitan los supuestos de exigibilidad de licencia, se establece un procedimiento integrado y se reduce a la mitad el plazo.

La implantación de establecimientos comerciales no estará sujeta, con carácter general, a régimen de autorización. No obstante, se podrá someter a una única autorización, que se concederá por tiempo indefinido, cuando concurran razones imperiosas de interés general: se contempla, exclusivamente, el caso de que las instalaciones o infraestructuras físicas sean susceptibles de generar daños en el medio ambiente, el entorno urbano y el patrimonio histórico artístico.

En el procedimiento de concesión no podrán utilizarse requisitos de carácter económico; entre otros, aquellos que limiten la libertad de establecimiento a la acreditación de la existencia de demanda efectiva, por lo que se eliminan restricciones injustificadas por la defensa de modelos empresariales determinados en detrimento de otros y la intervención de los competidores en los procesos de autorización.

Se profundiza en las medidas para la simplificación y racionalización administrativas, consagrando el procedimiento integrado para la autorización comercial mediante la inclusión de todas las actuaciones en un único procedimiento. Esto es, bien la Comunidad Autónoma o bien el Ayuntamiento tramitarán de forma conjunta la solicitud de implantación de la superficie comercial, por lo que el operador acudirá a una ventanilla única. Actualmente tienen que acudir por separado a cada una de ellas.

Se reduce el plazo para la resolución de estos procedimientos de seis a tres meses. Ya existen Comunidades Autónomas con procedimientos abreviados (plazo máximo de un mes en determinados procedimientos) o donde los procedimientos se sujetan a un régimen de comunicación previa o declaración responsable, e incluso se han eliminado todo tipo de intervenciones previas, incluidas licencias municipales.

Ello demuestra que es posible simplificar y reducir los procedimientos eliminando trámites superfluos sin menoscabo de las garantías que en materia de medioambiente y urbanismo deban preservarse. Todo ello a su vez es acorde con los informes y mandatos de organismos internacionales como la OCDE, Fondo Monetario Internacional o la propia Comisión Europea, que subrayan la necesidad de reducir las cargas administrativas existentes para la apertura y puesta en marcha de nuevos establecimientos que se traducen en costes importantes de tiempo y dinero para los prestadores que quieren acceder al mercado.

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