martes, 4 febrero 2025

LA Unión Europea ata en corto los contratos públicos

El precio ya no será el criterio principal para determinar cuál sea la mejor oferta en la fase de adjudicación de proyectos en la contratación pública de los Estados de la Unión Europea. A partir de ahora se dará prioridad a la oferta económicamente más ventajosa.

No solo desaparece el criterio de que el menor precio ofertado era el único determinante para conseguir a la adjudicación, sino que se incluye en los criterios de adjudicación la valoración de todo el ciclo de vida del proyecto y un análisis profundo de su viabilidad.

Una cuestión importante es que la UE, con las tres Directivas comunitarias aprobadas por el Parlamento Europeo en relación a la contratación pública de los Estados Miembros, equipara por primera vez -en lo que respecta a la contratación pública- la regulación sobre obras y servicios con la de concesiones, lo cual supone un hito histórico, apoyándose en los principios de riesgo y ventura y en la transferencia de riesgos al concesionario.

Se pretende así superar ineficiencias detectadas y derivadas de falseamientos en el mercado interior, la limitación de acceso de las empresas europeas a los contratos de concesión y la falta de seguridad jurídica, todo lo cual se pretende corregir desde la voluntad de estimular la inversión pública y privada en infraestructuras y servicios estratégicos con la mejor relación calidad-precio.

La nueva directiva aclara el marco jurídico aplicable a la adjudicación de las concesiones en tanto que incluye una definición más precisa del contrato de concesión, puesto que hace referencia al concepto de riesgo operacional y la diferencia entre riesgo operacional y riesgo significativo, y contiene previsiones en cuanto a la duración de las concesiones.

Las nuevas directivas europeas de contratación van a exigir un mayor control de las empresas adjudicatarias en cuanto a requisitos de sostenibilidad y ecología por una parte y por otra, exigirán un mayor respeto al mercado de trabajo y a los convenios colectivos laborales, extendiendo este control a todos los niveles, incluyendo obligatoriamente a los subcontratados por la empresa adjudicataria. De ese modo será esta empresa la responsable del cumplimiento de los nuevos requisitos por parte de toda la cadena de producción asociada a la contrata.

Se explicita por parte de la UE que estas nuevas directivas introducen fórmulas de contratación más innovadoras y respetuosas con las exigencias medioambientales y sociales, potenciando también las fórmulas de colaboración público-privada, cuestión éstas muy relevante dada la situación de dificultad que atraviesan las empresas para conseguir financiación.

Por primera vez se establecen fórmulas dirigidas a facilitar a las pymes el acceso a las contrataciones en el ámbito comunitario. Por otra parte, se ha simplificado el proceso de licitación y se incluye la posibilidad de presentar ofertas por parte de asociaciones temporales de empresas.

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