Hacienda pagará deudas a los proveedores y las reducirá de las transferencias

Madrid. El peliagudo asunto de las facturas impagadas por parte de las Administraciones Públicas empieza a ser ya insostenible, y el Gobierno parece decidido a tomar cartas en el asunto. Si comunidades autónomas, ayuntamientos y diputaciones locales no pagan, es posible que sea el mismísimo Ministerio de Hacienda el que lo haga.

Eso sí, luego que no se quejen esas administraciones cuando reciban minoradas, en la misma medida que el importe de las deudas pagadas, las transferencias por su participación en los ingresos del Estado.

Se trata de una medida ‘in extremis’ para salvar el cuello de miles de pequeñas y medianas empresas que ya no pueden aguantar más a causa de estos impagos cada vez más cuantiosos. La creación del instrumento para arbitrar el pago está siendo estudiado por los técnicos de Hacienda, y se espera que esté listo cuanto antes.

"Las administraciones españolas no pueden vivir situaciones de morosidad porque provocan la crisis empresarial, la de los autónomos que son los proveedores de las administraciones, al interrumpir la circulación económica en España", ha subrayado el titular de Hacienda, Cristóbal Montoro, tras considerar que resulta incalculable el daño que hace a la imagen de España el que un ayuntamiento o comunidad autónoma deba dinero. Es una patente para que cualquiera que esté intentado negociar con estas administraciones huya despavorido.

La idea planteada por el ministro viene a subrayar la importancia de orientar la política económica a las pymes y autónomos para que sea viable la recuperación y para salir cuanto antes de la crisis. De hecho, buena parte del empleo generado en España proviene de esas 800.000 empresas y autónomos

La medida en estudio, junto al Fondo de Liquidez Autonómica, no son más que acciones encaminadas para que estos empresarios cobren definitivamente los trabajados realizados y los suministros aportados, a la vista de que la mayoría de ayuntamientos y comunidades no están en condiciones de hacerlo en un tiempo prudencial, ni más ni menos que el que marca le Ley de Morosidad.

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