Aprobados en La Rioja el PGOM de Daroca y el Plan Parcial de La Rad en Sotés

La rioja. La Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja aprobó en su última sesión el Plan General Municipal de Daroca de Rioja y el Plan Parcial del Parque Industrial La Rad en Sotés

El municipio de Daroca de Rioja no cuenta en la actualidad con ninguna figura de planeamiento de carácter municipal y el Plan General Municipal presentado persigue completar la ordenación en el suelo urbano consolidado mediante la regulación detallada de los usos y las condiciones de edificación y la delimitación de unidades de ejecución en el suelo urbano no consolidado para garantizar un crecimiento controlado. Asimismo, figuran entre sus objetivos incluir como suelo urbanizable no delimitado las zonas más aptas para acoger los futuros crecimientos y preservar de la acción urbanizadora la mayor parte del término municipal.

El Plan General Municipal de Daroca de Rioja afecta a un total de 11.240.000 metros cuadrados de suelo, de los que 58.600 son clasificados como suelo urbano, 105.115 como suelo urbanizable y 11.076.285 como no urbanizable.

El Plan General Municipal no clasifica suelo urbanizable delimitado, pero sí clasifica un área de suelo urbanizable no delimitado con una superficie de 105.115 metros cuadrados compuesta por los terrenos situados en el área perimetral del suelo urbano, que ya acogen de forma puntual edificaciones residenciales individuales y donde se establece como uso característico el residencial y como uso incompatible el industrial.

Respecto a la previsión de viviendas de protección pública, se establece una reserva mínima de un 10% para los sectores a desarrollar en el suelo urbanizable no delimitado.

El PGM incorpora un catálogo de elementos protegidos (en concreto se recogen la Iglesia de Nuestra Señora del Patrocinio, la Ermita de San Lorenzo y algunos yacimientos arqueológicos) con los distintos niveles de protección.

 
Plan Parcial del Parque Industrial La Rad en Sotés

El pleno de la COTUR ha aprobado el Plan Parcial del Parque Industrial La Rad en Sotés que adapta el plan a los cambios introducidos por la modificación puntual aprobada en julio de 2009.

El sector cuentacon una superficie de 191.022 metros cuadrados y está situado a unos 1.000 metros al norte del núcleo urbano de Sotés. Actualmente el uso que se le da a los terrenos es agrícola, con la existencia de viñedos y una zona arbolada y de matorral al oeste junto al Arroyo de la Tejera.

La modificación puntual del Plan General Municipal atañe a una superficie de 191.022 metros cuadrados. El plan parcial conecta con la carretera LR-342 mediante una rotonda y se ubicará una nueva depuradora en el oeste del sector con capacidad para 720 metros cúbicos/día. El abastecimiento se garantiza con un nuevo depósito de 660.000 litros en ejecución y el suministro eléctrico se servirá desde la subestación de Lentiscares,

La modificación establece una reserva del 10% de la superficie total ordenada para zonas verdes, espacios libres de uso y dominio público y dotaciones públicas en la proporción que reglamentariamente se establezca. Además, el Plan General Municipal exige una cesión del 5% para dotaciones de carácter general.

Debido a la gran demanda de suelo industrial se establece un desarrollo del plan parcial en una única etapa, se propone como sistema de actuación el de compensación, se delimita una única unidad de ejecución (UE-1)

Río Batán

La COTUR ha informado desfavorablemente el Plan Parcial en Suelo No Urbanizable Delimitado Río Batán en Logroño, que se ubica colindante con el barrio de Varea con una superficie total de 39.541 metros cuadrados. Este sector se delimitó mediante una modificación puntual del Plan General Municipal de Logroño que fue aprobada definitivamente por el Pleno de la COTUR en su sesión celebrada el 13 de marzo de 2.009.

El Plan Parcial presentado por el Ayuntamiento de Logroño ha sido informado desfavorablemente por la COTUR amparándose en el informe desfavorable emitido por el Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja y por las deficiencias detectadas en el informe urbanístico que deberán ser subsanadas antes de la aprobación definitiva.

 

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