El Supremo anula el PGOU de Santander por un crecimiento irreal de población

El Tribunal Supremo ha decidido anular el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Santander, aprobado por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CROTU) en septiembre de 2012.

La Sala ha estimado el recurso de casación interpuesto por la asociación ecologista ARCA, que calificaba de irreal el crecimiento poblacional previsto en el Plan y consideraba de no justificada la transformación de suelo no urbanizable en urbanizable.

Los ecologistas denunciaron que tras el plan de urbanismo de Santander se escondía una trampa que acabaría convirtiendo los parques y jardines del centro de la ciudad en edificios de ladrillo, contraviniendo el principio que establece que el desarrollo urbanístico ha de ser sostenible.

Con este plan, el Ayuntamiento convirtió la conocida como zona verde de la capital cántabra, que linda con la costa y que era zona protegida de litoral, en suelo urbanizable destinado a parques y jardines. Nada objetable, de no ser porque esos metros de «zona verde urbanizable» iban a ser compensados con la pérdida de parques y jardines del centro de Santander.

Debido a que el Ayuntamiento está obligado a que haya equis metros cuadrados de zona verde por habitante, el nuevo PGOU permitía que esos metros fuesen contabilizados del suelo no urbanizable que se convirtió en suelo urbano, provocando que las zonas verdes del centro de la ciudad pudiesen ser transformadas en edificios y solares.

El plan subrayaba que las zonas no consolidadas a preservar del municipio se componen del borde costero y las playas, si bien la protección de estas zonas no es incompatible con su vocación urbana, por lo que en ellas se constituirán parques con distintos grado de urbanización y respetando en todo momento los valores ambientales de cada una.

El nuevo PGOU de Santander preveía una población máxima de 261.000 habitantes en el horizonte de 2024, y para albergar esa población, se estima que van a hacer falta 35.316 nuevas viviendas.

Con estos números, la asociación ecologista sostenía en su recurso de casación que las previsiones futuras del Instituto Nacional de Estadística apuntan a que la población, tanto en un futuro inmediato como a medio y largo plazo, tendrá un crecimiento negativo en Santander, en Cantabria y en España.

Por ello, denunciaron que el incremento poblacional que sustenta las previsiones del Plan carecía de justificación, y no era admisible un plan que naciera con el propósito injustificado de agotar todo el suelo edificable.

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