Casi 900 canarios menores de 35 recibirán 3,7 millones para pagar el alquiler

La Consejería de Obras Públicas, Transporte y Vivienda del Gobierno de Canarias, a través del Instituto Canario de la Vivienda, ha publicado el listado provisional de los solicitantes que han resultado beneficiarios del programa de ayudas al alquiler de vivienda para jóvenes menores de 35 años.

Esta línea de subvenciones, que cuenta con una partida total de 3.750.000 euros, está destinada a facilitar el disfrute de una vivienda digna y adecuada en régimen de alquiler a los jóvenes con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas al inquilino, para cubrir el 50% del importe de los recibos presentados en los años 2018 y 2019.

El número provisional de beneficiarios asciende a casi un millar, en concreto 896 jóvenes en todo el Archipiélago, 477 personas en la provincia de Santa Cruz de Tenerife y 419 en la de Las Palmas. Asimismo, para esta convocatoria se ha generado una lista de reserva de 2.875 personas y además, se incluye la lista de solicitudes desistidas y denegadas.

Los beneficiarios tienen hasta el próximo 26 de septiembre para aceptar la ayuda al pago del alquiler de la vivienda y presentar la justificación del pago de las mensualidades para la que la solicitaron entre el 1 de enero de 2018, o la fecha de inicio del contrato en caso de ser posterior, y septiembre de 2019, o la fecha en la que finalice el contrato en caso de ser anterior.

Este plazo se amplía un día más, hasta el 27 de septiembre, en el caso de los solicitantes cuya vivienda se ubique en los municipios de Agulo; Guía de Isora; San Cristóbal de La Laguna; Tejeda; Telde y la Vega de San Mateo, así como en las islas de El Hierro, Lanzarote y Fuerteventura

En el supuesto de no aceptar la ayuda en el plazo y forma requerido, se dará por desistida la solicitud.

La convocatoria forma parte del Convenio Bilateral con el Ministerio de Fomento en el ámbito del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

Los beneficiarios han de ser menores de 35 años de edad y residir en una vivienda, en calidad de arrendatario, cuyo alquiler sea igual o inferior 500 euros mensuales. En el caso de familias numerosas, de categoría general o especial, la renta mensual puede llegar a los 600 euros.

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