viernes, 14 febrero 2025

Fomento convoca las ayudas para financiar obras de conservación del Patrimonio Histórico Español

El Ministerio de Fomento ha convocado las ayudas para financiar trabajos de conservación o enriquecimiento de bienes inmuebles del Patrimonio Histórico Español dentro del Programa «1,5% Cultural».

El artículo 68.1 de la Ley 16/1985 de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, establecen que en el presupuesto de cada obra pública, financiada total o parcialmente por el Estado, se destinará una partida de, al menos, el 1% de los fondos que sean de aportación estatal, a la financiación de trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español, o de fomento de la creatividad artística.

El 15 de octubre de 2013 el Ministerio de Fomento se comprometió, mediante la firma del VI Acuerdo de Colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para la actuación conjunta en el Patrimonio Histórico Español, a que su aportación a este fin será del 1,5% del presupuesto de las obras que realiza. Asimismo se señala que será la Comisión Mixta formada por ambos Departamentos la encargada del seguimiento de las actuaciones y de la selección de los proyectos susceptibles de financiación con estos fondos.

En el citado acuerdo se establece que el Ministerio de Fomento analizará la viabilidad técnica y económica de los proyectos y actuaciones que opten a la asignación de dichos fondos, para lo que se realizarán los anuncios correspondientes en el BOE.

Tras acordarse los criterios para la selección y priorización de los proyectos que soliciten financiación con estos fondos, el pasado 22 de octubre de 2014 se publicó la Orden FOM/1932/2014 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español, con cargo a los recursos procedentes de las obras públicas financiadas por el Ministerio de Fomento y por la Entidades del sector publico dependientes o vinculadas.

Las ayudas se financiarán con cargo al Ministerio de Fomento por un importe máximo total de 35.000.000 de euros, si bien con carácter excepcional, se prevé con cargo a la presente convocatoria una cuantía adicional, por un importe máximo de 12.000.000 de euros. Dicha cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.

El objeto de estas ayudas es intervenir, mediante cofinanciación con su titular, en la recuperación o enriquecimiento de inmuebles declarados Bien de Interés Cultural, de titularidad y uso públicos, o privada sin ánimo de lucro pero cedidos al uso público. También podrán optar en cualquier caso los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Mundial de la UNESCO.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles desde  la publicación de la convocatoria, y deberán ajustarse a la documentación detallada en las bases reguladoras.
 

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