lunes, 19 enero 2026
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¿Qué novedades presenta la tributación de vivienda en el IRPF?

La entrada en vigor el año pasado de la Nueva Ley de Vivienda introduce una serie de cambios en las deducciones que los propietarios con inmuebles en el mercado de alquiler podrán percibir en su declaración de la renta de la temporada 2023-2024.

Ferran Font, director de Estudios y portavoz de pisos.com, señala que “para aquellas personas que no cumplan con estos requisitos existe una deducción del 70%, siempre y cuando el inmueble que se incorpore al mercado lo haga en una zona tensionada y para que entren a vivir jóvenes de entre 18 y 35 años”.

A menos de dos semanas de iniciar una nueva campaña de la Renta, y tras la entrada en vigor de la Nueva Ley por el Derecho a la Vivienda, son muchas las dudas que hay en torno a la declaración de ingresos por rentas de alquiler, sobre todo en las ahora denominadas “zonas tensionadas”.

Desde el portal inmobiliario pisos.com, su director de Estudios y portavoz, Ferran Font, recuerda que, “los propietarios, independientemente de que reciban o no los pagos de sus inquilinos, están obligados a declarar todos los ingresos por rentas de alquiler en la declaración de la renta”, y, así mismo, cuentan con una serie de incentivos fiscales aplicables al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

“La gran novedad que nos encontramos este año es la ley de vivienda y la declaración de mercado residencial tensionado que viene dada por el Gobierno y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana”, comenta el experto, quien señala que, la deducción general a la que podían acogerse los propietarios pasará este año del 60% habitual al 50%.

¿Qué novedades hay respecto al año pasado?

El mayor de los incentivos fiscales, una reducción del 90%, será aplicable a aquellos arrendadores que formalicen nuevos contratos en viviendas situadas en mercados tensionados y que, además, reduzcan la renta de alquiler, como mínimo, un 5% respecto a lo que su arrendatario abonó con el contrato anterior.

“Para aquellas personas que no cumplan con estos requisitos existe una deducción del 70%, siempre y cuando el inmueble que se incorpore al mercado lo haga en una zona tensionada y para que entren a vivir jóvenes de entre 18 y 35 años”, revela Font.

En última instancia, los propietarios españoles podrán acogerse a una reducción del 60% siempre y cuando sus viviendas hayan sido objeto de una obra de rehabilitación que haya mejorado su eficiencia energética y consumo, y se haya llevado a cabo en los dos años previos a la celebración del contrato. “Con este tipo de medidas el Ejecutivo pretende incentivar la mejora y conservación de nuestro envejecido parque de viviendas”, concluye el experto.

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