¡Ojo con lo que cuentas por ahí de tus asuntos fiscales!

Madrid. Vamos a tener que empezar a ser cautos en cuanto a eso de comentar en la barra de un bar, junto a los amigos, los pormenores de nuestras relaciones con el Fisco. Cualquier comentario inapropiado podría ser objeto de chivatazo ante el Ministerio de Hacienda.

Hasta aquí tienen intención de llegar los inspectores fiscales a tenor de lo comentado en un reciente encuentro. Reclaman que la Agencia Tributaria disponga de fondos para pagar informaciones confidenciales de las que se derive el afloramiento o la recuperación de cuotas defraudadas, similar al que existe para el pago de operaciones relacionadas con la persecución del contrabando. En concreto, proponen que se incluyan en dicha norma partidas confidenciales para las investigaciones de la Agencia que puedan dar como resultado la denuncia por delito fiscal.

Potenciar la figura de la denuncia tributaria supondría introducir una modificación en la ley para que el ‘chivato’ fiscal participe en un porcentaje de la sanción que se imponga al denunciado. No sería algo completamente novedoso. Esta medida ya estuvo vigente en España hasta 1986. Entonces, el denunciante tenía derecho a participar en un porcentaje del 20% al 30% del importe de la sanción que finalmente se impusiera al defraudador. Imagínense que alguien se topa por causalidad con un presunto fraude, y luego resulta que la sanción se eleva, pongamos por caso, a unos 50.000 euros, pues hagan las cuenta, en base a aquellos porcentajes. Un buen ‘regalito’ por un chivatazo.

También reclaman que se les deje actuar de incógnito regulando un procedimiento de obtención de información sin necesidad de identificación previa por parte de la Inspección, ya que sería “un medio eficaz” para luchar contra algunas conductas infractoras, como el ofrecimiento de productos o servicios destinados al fraude o la prestación de servicios sin IVA.

Apuestan igualmente por la obligatoriedad de obtener el NIF español cuando se opere en España y por no reconocer personalidad jurídica a las sociedades constituidas en paraísos fiscales para intervenir en el tráfico mercantil español o a entidades cuyos titulares sean, directa o indirectamente, residentes en dichos territorios.

Toda una serie de medidas para superar el agotamiento que, según los inspectores, aqueja al sistema tributario español, aprovechando el momento propicio que supone la crisis económica, el más adecuado, a su juicio, para arreglar las viejas estructuras.

Ya puesto, tampoco estaría de más que, además de permitir la actuación de incognito, también resultaría gratificante para fomentar el afloramiento de la economía sumergida la gratificación a los inspectores de un porcentaje sobre el volumen del fraude descubierto.

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