Madrid. El efecto contrario al que se quería lograr, el de reducir todavía más la llegada de capital internacional al sector inmobiliario español, es el que a juicio de la European Public Real Estate Association (EPRA), va a lograr la aprobación por parte del Gobierno de una nueva legislación para restringir las deducciones de intereses con fines fiscales, en un momento en que la crisis del sector inmobiliario pesa sobremanera sobre la economía española, en plena recesión.
Hace tres años España desaprovechó la oportunidad de introducir un régimen REIT (Sociedades de Inversión Inmobiliaria) para sus empresas inmobiliarias que cotizan en bolsa, en línea con el aplicado en Francia y Reino Unido.
Sociedades de inversión eficaces para atraer capital a largo plazo hacia el sector inmobiliario comercial, además de proporcionar a los gobiernos una fuente continua y fiable de ingresos por la retención de impuestos sobre los dividendos, así como importantes ingresos fiscales extraordinarios cuando se produce la exacción del gravamen por reconversión al adoptar las empresas la estructura REIT.
Y, ahora, lo que hace España, a juicio de Gareth Lewis, director financiera de la EPRA, es alejarse “todavía más de un mercado inmobiliario eficaz y atractivo para los inversores en el momento en que más lo necesita la economía”.
La nueva legislación reemplaza las normas de subcapitalización anteriormente existentes, que daban cobertura a las deducciones fiscales de los intereses, como parte de la política encaminada a cumplir con el objetivo de una reducción más amplia del déficit. Pero, en la práctica, lo que se hace es socavar las bases imponibles de las empresas españolas por las transacciones de deuda con empresas relacionadas.
En este sentido, las nuevas disposiciones siguen la tendencia general europea de poner fin a esquemas financieros abusivos mediante la limitación de la deducción fiscal de los gastos financieros. España introdujo en 2009 un nuevo régimen de inversión inmobiliaria (SOCIMI), pero la EPRA criticó en ese momento su estructura y dijo que no estaba justificado que esa legislación llevase la etiqueta REIT, puesto que partía de un punto demasiado alejado del modelo europeo estándar. El régimen SOCIMI implementaba una tasa única del 18 % para los ingresos netos computables, que serían abonados por la entidad inmobiliaria misma y no por los inversores externos a través de dividendos.
El motivo por el que las sociedades de inversión inmobiliaria han tenido tanto éxito en mercados inmobiliarios más maduros, como Estados Unidos, Francia y Reino Unido, se debe a su capacidad de acceder a la comunidad global de inversión, derivada del hecho de que forman parte de un modelo corporativo entendido en sentido amplio, transparente y bien gestionado. Si España desea tener éxito en este mercado ferozmente competitivo y atraer capital internacional a su sector inmobiliario, de vital importancia, su gobierno
tiene que entender cómo han conseguido ese objetivo otros países con una estructura REIT dinámica y eficaz.