jueves, 5 febrero 2026
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La exención transitoria del ‘impuesto al sol’ para hogares con menos de 10 kw

Una lectura minuciosa del Real Decreto aprobado por el Gobierno, por el que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas para el suministro y la producción de electricidad con autoconsumo, sirve para comprobar una pequeña novedad.

La de la exención del peaje -el conocido como ‘impuesto al sol’- por la luz que autoconsuman generada por sus propios paneles solares, para aquellos hogares que sigan conectados a la red eléctrica y tengan contratada una potencia inferior a 10 kilowatios, así como para los consumidores de Baleares y Canarias. En este caso porque el autoconsumo sí permite reducir el coste de generación en estos territorios, suponiendo un ahorro para el conjunto de los clientes.

No obstante, para los que tengan esa potencia de 10 kw, se trata de una exención transitoria, que podría eliminarse en cualquier momento y, sobre todo, cuando, cada tres años, se presente un informe a la Comisión delegada de Asuntos Económicos sobre la evolución del sistema eléctrico y, a la vista del mismo, se pueda determinar el fin de esta exención. Se pondría en peligro la costosa financiación que requiere la instalación de los paneles.

En este Real Decreto, que contempla un plazo de seis meses para que los consumidores, instalaciones y demás agentes se adapten a la norma, se ordena por primera vez una actividad ligada al avance de la tecnología que permite que los pequeños consumidores puedan decidir generar y consumir su propia electricidad y, además, utilizando energías renovables en vez de combustibles fósiles.

La normativa establece que quienes producen y consumen su propia energía sin estar conectados a la red eléctrica no han de asumir ningún coste del sistema eléctrico, puesto que no lo utilizan.

En el caso de que se esté conectado a la red, se tiene garantizado el suministro en todo momento, incluso cuando la energía autogenerada no sea suficiente; por ejemplo, cuando no haya sol o no sople el viento.

Un autoconsumidor conectado al sistema eléctrico no pagará por la energía que autoproduce, ni tampoco por los impuestos asociados ni las pérdidas del sistema. Sin embargo, sí tendrá que contribuir a los costes generales del sistema: principalmente, la solidaridad con los sistemas extrapeninsulares donde la generación es más cara, la deuda generada en el pasado, los incentivos a las renovables y los costes de respaldo.

En el supuesto de que los autoconsumidores no contribuyeran a estos costes del sistema, éstos deberían repartirse entonces entre el resto de consumidores que no autoconsumen, elevando así su factura. Esta situación sería injusta, puesto que los costes generales del sistema nada tienen que ver con el hecho de que se esté autoconsumiendo o no. Y sería, además, regresiva puesto, que serían los consumidores más vulnerables los que tienen más dificultades en autoconsumir.

El texto contempla la creación de un registro de las instalaciones de autoconsumo para que el operador del sistema y las compañías distribuidoras puedan conocer las instalaciones de generación que existen en sus redes y garantizar, así, la correcta operación del sistema eléctrico en condiciones de seguridad.

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