La CAM traslada el problema de la regulación de las viviendas turísticas a las comunidades de propietarios

Ante el anuncio de la Comunidad de Madrid de la elaboración de un nuevo real Decreto por el que se regulan las viviendas de uso turístico, y que permitirá a las comunidades de propietarios prohibir el establecimiento de este tipo de alojamiento si así se refleja en sus estatutos, el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) señala «que esta opción ya estaba regulada en la legislación estatal a través de la Ley de Propiedad Horizontal, y en donde la comunidad madrileña no tiene competencia».

«La Comunidad de Madrid está trasladando un conflicto a las comunidades de propietarios, que verán frustradas en la gran mayoría de los casos su posibilidad de crear esa cláusula estatutaria», destaca Apolonio Dorado, vicepresidente del CAFMadrid. «Y es que», continúa, «la regulación e inspección de las viviendas turísticas le corresponden a la Administración, y al administrador de fincas colegiado el papel mediador en este fenómeno de reciente creación».

«Esta solución planteada por la administración autonómica no resuelve la proliferación de los pisos turísticos en el centro de Madrid, pues en el 99% de los edificios que cuentan con este tipo de alojamiento o tienen algún propietario que quiere iniciar la actividad, la aprobación y/o modificación de los estatutos implicaría un acuerdo unánime de todos los propietarios, algo que es prácticamente imposible», destaca Dorado.

Señala el vicepresidente de los administradores de fincas madrileños que «sólo un acuerdo por las tres quintas partes de la totalidad de los propietarios y cuotas podría evitar el abuso de la regla de unanimidad y proteger los derechos de todos los implicados, pero esta opción pasaría inexorablemente por una modificación de la Ley de Propiedad Horizontal».

La posibilidad de que las comunidades de propietarios puedan frenar el avance de las viviendas de uso turístico, si así lo estiman necesario, queda reservado entonces para los edificios de nueva construcción -que todavía no cuentan con estatutos de la Comunidad de Propietarios- o en aquellos edificios donde todavía no se haya instalado este tipo de alojamiento en su inmueble y todos los propietarios coincidan en no querer que se instale.

De llegarse a acordar de manera unánime la prohibición del uso de pisos turísticos en los estatutos, el CAFMadrid recomienda inscribir este acuerdo en el Registro de la Propiedad para que sea oponible a futuros adquirientes de viviendas en dicha comunidad.

- Advertisement -

Comparte las Noticias en tus Redes Sociales

Síguenos

- Publicidad -

CONTENIDOS DE PORTADA

CONTENIDOS RELACIONADOS

El euríbor sube al 2,532% en marzo de 2026 y encarece las hipotecas 300 euros al año

El euríbor vuelve a marcar tendencia en el contexto financiero actual,...

La rehabilitación de oficinas impulsa rentabilidades del 20% en Madrid

La transformación de activos en el sector inmobiliario europeo está ganando...

El IRPF podría reducir un 13% el coste de tu futura vivienda

El inicio de la campaña fiscal introduce nuevas claves sobre cómo...

Los patitos feos desaparecen del mercado inmobiliario

En un contexto marcado por la fuerte demanda y la escasez...

El 22@ concentra el 43% de la contratación de oficinas en Barcelona en 2025

El mercado de oficinas en Barcelona continúa mostrando signos de dinamismo...

Distrito F impulsa su expansión y refuerza su modelo comercial

El segmento de parques comerciales continúa evolucionando dentro del sector inmobiliario,...

Costa Sunsets lanza buscador inmobiliario con IA en Marbella

La irrupción de la inteligencia artificial está redefiniendo el mercado inmobiliario,...

El Teatro Barceló sale al mercado con alto potencial inversor

El lanzamiento al mercado de un activo histórico como el Teatro...