Madrid. El Ministerio de Economía y Hacienda ha aprobado la Orden Ministerial que reduce los módulos aplicables en el IVA a los autónomos que realizan obras domésticas y los adapta al nuevo escenario fiscal derivado del Real Decreto Ley de Medidas de Impulso para la Recuperación Económica y el Empleo, que fue aprobado en Consejo de Ministros el pasado 9 de abril.
Dicho Real Decreto Ley extendió con carácter temporal el tipo reducido del 7% (8%, a partir del próximo 1 de julio) a todos los tipos de actuaciones de renovación y reparación que se lleven a cabo en viviendas particulares, con efectividad desde el pasado 14 de abril hasta el 31 de diciembre de 2012. La Orden Ministerial aprobada hoy traslada el efecto de dicha minoración a los empresarios acogidos al régimen especial simplificado de IVA, reduciendo los módulos que les resultan aplicables.
Las actividades económicas afectadas por esta medida son, entre otras: instalaciones y montajes; instalaciones de fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire; montaje e instalación de cocinas; revestimientos; carpintería y cerrajería; pintura de cualquier tipo; o trabajos en yeso o escayola.
A efectos de la presentación de los correspondientes pagos fraccionados, los profesionales beneficiados por esta medida deberán seguir calculando las cuotas del segundo y tercer trimestre de 2010 con base en los módulos aprobados para 2009, si bien aplicarán en todos los casos un porcentaje reducido como mínimo en un 50% respecto al previsto inicialmente. El ajuste final se realizará en la cuota anual devengada del año, que se calculará sobre una tabla única anual que ya tendrá en cuenta la reducción de tipos distribuida a lo largo de todo el ejercicio.
Al haberse modificado los módulos inicialmente previstos en estas actividades, desde la entrada en vigor de esta Orden Ministerial y hasta el próximo 1 de junio se abrirá un nuevo plazo de renuncias y revocaciones de este régimen especial para los contribuyentes que lo deseen