Multa a ‘Anagrual’ por recomendar precios mínimos de los servicios de alquiler de grúas móviles

Madrid. El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha sancionado con 60.000 € a la Agrupación Empresarial Nacional de Alquiladores de Grúas de Servicio Público (ANAGRUAL) por haber incurrido en una infracción del Artículo 1.1 a) de la Ley de Defensa de la Competencia al haber, por un lado, recomendado precios mínimos de los servicios de alquiler de grúas móviles autopropulsadas y, por otro, acordado un contrato tipo de obligada aplicación por parte de sus asociados. Este contrato tipo incluía unas condiciones generales de contratación que deben ser objeto de libre negociación entre el arrendador y arrendatario de grúas móviles autopropulsadas y camiones grúa.

ANAGRUAL, entre los años 2003 y 2008, elaboró y actualizó con periodicidad anual, unos estudios en los que se calculaban los costes representativos para la prestación de los servicios de grúas móviles autopropulsadas, con el objeto de establecer unos precios mínimos. En dichos estudios se advertía de que no sería entendible que las empresas del sector cargaran precios inferiores a dichos costes. Adicionalmente, en 2007, ANAGRUAL se dirigió a sus asociados instándoles a que, a partir de octubre de ese año, procediesen a la firma con sus clientes de un contrato tipo en el que se incluían una serie de condiciones generales de contratación, entre ellas, dos cláusulas de carácter comercial (la exigencia de horas mínimas de facturación para cada tipo de grúa y de pago del cliente al contado con carácter previo a la realización del servicio), muy alejadas de las condiciones sobre seguridad y control de
mantenimiento de estos aparatos.

La CNC se ha pronunciado en diversas ocasiones sobre la incompatibilidad de los contratos-tipo con las normas de competencia cuando en los mismos se incluyen cláusulas que sirven para unificar las condiciones comerciales de los oferentes, en perjuicio de los consumidores, que ven reducidas sus posibilidades de elegir entre distintas opciones. Estas cláusulas pueden afectar no sólo al precio o a la calidad, sino a otras condiciones comerciales.

Por estas razones y dado el amplio alcance y dimensión del mercado afectado al tratarse de una asociación de ámbito nacional y de un input intermedio en un sector de amplio peso en la economía española, el Consejo de la CNC ha resuelto imponer una sanción de 60.000 €.

- Advertisement -

Comparte las Noticias en tus Redes Sociales

Síguenos

- Publicidad -

CONTENIDOS DE PORTADA

CONTENIDOS RELACIONADOS

Vivir donde se trabaja se convierte en un lujo en las zonas turísticas

El crecimiento económico y turístico de destinos como Marbella, Baleares, Canarias,...

Las hipotecas fijas alcanzan el 88% de las firmas en España

La hipoteca fija se ha consolidado en 2026 como la opción...

El envejecimiento de las tuberías amenaza la calidad del agua doméstica

Más de la mitad de las viviendas principales de España fueron...

El COAM moviliza arquitectos para evaluar daños de los incendios de julio

Los incendios forestales que han afectado al suroeste de la Comunidad...

La oficina en casa exige diseño, proporción y capacidad para desaparecer

El trabajo híbrido ha convertido la oficina doméstica en una nueva...

Valgrande alcanza el acuerdo total para impulsar 8.600 viviendas

La Junta de Compensación de Valgrande ha logrado la conformidad del...

La rehabilitación energética combate las cárceles térmicas en verano

Las olas de calor convierten muchos edificios residenciales en espacios que...