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¿Cómo actuar para iniciar un proceso judicial para desahuciarlos?

Un nuevo informe pone de manifiesto la preocupación existente entre los pequeños propietarios ante la posible ocupación de sus viviendas de alquiler y el inicio de un proceso judicial para conseguir recuperar la posesión de la vivienda y desahuciarlos.

En este contexto, Arantxa Goenaga, abogada y socia de Círculo Legal, detalla cómo ha de actuar el propietario ante estas situaciones para poder recuperar su posesión lo antes posible.

La ocupación de un inmueble y el posible destrozo del mismo es una preocupación que siempre ronda la cabeza de los arrendadores. En el caso de los pequeños propietarios, al contar con menos recursos y propiedades, la inquietud es todavía mayor.

Según el informe «El alquiler y su contexto normativo y de desarrollo», elaborado por la Asociación de Propietarios de Viviendas en Alquiler (Asval) y el Salón Inmobiliario de Madrid (SIMA), el 80% de estos propietarios temen a la ocupación de sus viviendas en alquiler.

Ante este tipo de problemática, es importante, primero, saber cómo actuar, y segundo, hacerlo lo más rápido posible, pues estos procesos acostumbran a ser largos y costosos para el propietario.

«Lo primero que tiene que hacer un propietario cuando se da cuenta de que un local o un piso ha sido ocupado», explica Arantxa Goenaga, abogada y socia de Círculo Legal, «es informar a los Mossos d’Esquadra o la Policía para poner la correspondiente denuncia diciendo que tienen esta ocupación, porque si es en el plazo de 24 horas la Policía, en principio, tiene que sacar a estas personas del piso o del local ocupado».

Este es un factor determinante, continúa la abogada, pues al término de las 24 horas la ocupación se convierte en un proceso civil, por lo que la acción a tomar para recobrar la posesión de la vivienda es interponer una demanda.

Otras vías para recobrar la posesión del inmueble

Llegados a este punto, los tiempos de ejecución para la recuperación del inmueble comienzan a retrasarse. Es por esto que, tal y como refleja el citado informe de Asval, el 85% de los pequeños propietarios de vivienda temen tener que iniciar un proceso de desahucio con los inquilinos de su inmueble.

«Es importante hacerlo tan pronto como sea posible porque, primero, los plazos van corriendo, y segundo, los juzgados tienen su ritmo y sus tiempos. Por lo que actuar rápido será fundamental para recuperar la posesión del piso o casa», afirma la experta.

Como medida complementaria, existe también un procedimiento específico llamado interdicto para recobrar la posesión. En este caso, el trámite puede iniciarse si hace menos de un año de la ocupación y contempla la posibilidad de llevar a cabo medidas cautelares para la recuperación del piso mientras se tramita el procedimiento.

«Pese a que no puede utilizarse en todas las ocasiones, ya que las sociedades no pueden solicitar esta medida cautelar, es el procedimiento más efectivo para recuperar cuanto antes el piso o casa y que el procedimiento judicial siga tramitándose», detalla la abogada.

El desahucio, un proceso largo y complejo para el propietario

En este sentido, Goenaga revela que la eficacia a la hora de llevar a cabo este proceso también es clave de cara a una posible «responsabilidad civil». Es decir, que en el caso de que se produjera algún accidente dentro del inmueble ocupado, el propietario podría ser declarado responsable si el local no estaba en las condiciones correspondientes y adecuadas.

En definitiva, los desahucios son causas largas y complejas que, hasta cierto punto, generan inquietud entre los pequeños propietarios, que reconocen en su mayoría (97%) que la agilización de estos procesos ayudaría a incrementar la inversión en alquiler.

«Es muy importante que cualquier persona a la que le hayan ocupado una propiedad, interponga el correspondiente procedimiento judicial para recuperar su posesión. No solo porque le destrozarán la propiedad, sino porque también puede haber problemas con vecinos y terceras personas, que pueden derivar en accidentes u otros sucesos. Por todo esto siempre hay que empezar las acciones judiciales pertinentes», concluye la experta.

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