El Supremo pide a Industria las auditorías sobre el mantenimiento de la plataforma ‘Castor’

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que acuerda practicar las nuevas pruebas solicitadas por la Generalitat de Cataluña en su recurso contra la Orden IET/2445/2014, de 19 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas.

En el mismo dispone que se solicite al Ministerio de Industria, Energía y Turismo las auditorías en relación con las labores concretas y costes de mantenimiento y operatividad por parte de Enagás Transportes SAU en relación con las instalaciones de almacenamiento subterráneo de gas natural «Castor».

Asimismo, reclama a dicho Ministerio copia certificada de la resolución de 17 de noviembre de 2015 por la que se estableció la retribución adicional de 253,3 millones de euros y el reembolso de los gastos de operación y mantenimiento de una cuantía adicional de 42,3 millones de euros.

El auto resuelve además que se pida a Industria la notificación a la Comisión Europea del pago a Enagás Transportes, SAU de la cantidad de 17.311.102 de euros que les reconoce la Orden IET/2445/2014 de 19 de diciembre, impugnada en el presente procedimiento o, caso de no haberse producido, la inexistencia de la misma.

La Generalitat de Cataluña presentó un recurso contencioso-administrativo contra la Orden IET/2445/2014 por laque se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas y, posteriormente, solicitó que se realizara una prueba adicional a la vista de los nuevos hechos incorporados en la contestación a la demanda por el Abogado del Estado, que se negó a la práctica de la misma.

A petición de la Sala, la recurrente explicó que esos nuevos hechos se refieren a que en la contestación a la demanda se afirma que la Orden siguiente a la impugnada vuelve a fijar la misma cantidad a tanto alzado a Enagás, por lo que la prueba de las auditorías tiene como finalidad determinar si la cantidad que se paga responde a la realidad de los costes o a otros intereses.

Del mismo modo, justificó la prueba de la notificación a la Comisión Europea del pago a Enagás de 17.311.102 millones de euros en que aunque no se trate de una ayuda de Estado, como sostiene el Abogado del Estado, es necesaria su notificación.

Tras examinar esos hechos nuevos, la Sala Tercera considera «razonable» la petición de ampliación de la Generalitat y «pertinentes» los medios solicitados; motivo por el que admite que se practiquen las citadas pruebas.

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