La sociedad concesionaria Cercanías Móstoles Navalcarnero, perteneciente al Grupo OHL, ha solicitado hoy el concurso voluntario de acreedores, por encontrarse en situación de insolvencia actual.
La situación de insolvencia actual se ha producido tras la denegación, por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de la suspensión cautelar de la penalidad de 34.080.696,76 euros que la Consejería de Transporte, Vivienda e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid impuso a Cercanías Móstoles Navalcarnero el 11 de febrero de 2016. La sanción se impuso con posterioridad a que la sociedad concesionaria hubiera instado la resolución del contrato el día 12 de junio de 2015, entre otras razones por incumplimiento por parte de la Comunidad de Madrid de sus obligaciones contractuales.
Ante la improcedencia de dicha sanción, Cercanía Móstoles Navalcarnero interpuso recurso contencioso- administrativo contra la misma el pasado mes de febrero. Previamente a este recurso, en diciembre de 2015, la sociedad concesionaria ya había llevado el proyecto a los tribunales para exigir la resolución del contrato de concesión y reclamando a la administración concedente una indemnización por importe de 369,5 millones de euros en concepto de inversiones realizadas y daños y perjuicios.
El Grupo OHL ha invertido en este proyecto 238,9 millones de euros y reiteradamente ha presentado a la Comunidad de Madrid soluciones que harían social y económicamente viable el proyecto. Esas soluciones contemplaban propuestas importantes para los ciudadanos, como evitar el trasbordo en Móstoles de los pasajeros que realicen el trayecto Atocha-Navalcarnero-Atocha y eliminar las vías en superficie que siguen dividiendo el ámbito municipal de Móstoles.
Información extractada de la nota 4.6.2.5 de las Cuentas Anuales Consolidadas del GrupoOHL correspondiente al ejercicio 2015
La sociedad Cercanías Móstoles Navalcarnero, S.A., presentó el 12 de junio de 2015, ante la Dirección General de Infraestructuras de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda de la Comunidad de Madrid, reclamación administrativa solicitando la resolución del contrato de concesión por causas imputables al órgano de contratación y subsidiariamente por la imposibilidad de su ejecución debido a circunstancias sobrevenidas e imprevisibles. En consecuencia solicita la liquidación de dicho contrato y por ello y entre otros, el pago de las inversiones efectuadas a la fecha, que ascienden a 238.943 miles euros, a la que añade la cantidad que por daños y perjuicios corresponda, la que aun teniendo partidas pendientes de valoración y qu e incrementarán la cuantía de dichos daños y perjuicios, asciende a 46.503 miles de eu ros en la fecha de presentación de esta reclamación.
Tras la presentación por parte de Cercanías Móstoles-Navalcarn ero, S.A de esta reclamación administrativa, con fecha 13 de noviembre de 2015, se ha ampliado el monto de la indemnización reclamada hasta un importe total de 369.500 miles de euros. Esta cantidad incluye la inversión realizada y los daños y perjuicios ocasionados, y para su determinación la sociedad se ha apoyado en informes periciales de terceros que soportan el valor registrado contablemente.
El 3 de diciembre de 2015, la sociedad interpuso recurso contencioso-administrativo frente a la desestimación presunta de la solicitud de resolución del contrato de concesión y de abono de los daños y perjuicios causados a la sociedad como consecuencia de dicha resolución, habiendo sido admitido a trámite el pasado 15 de diciembre de 2015.
Posteriormente, el 18 de enero de 2016 la Consejería de Transportes,, Infraestructuras y Vivienda de la Comunidad de Madrid desestimó de forma expresa la solicitud de resolución del contrato de concesión, por lo que la sociedad amplió el re curso contencioso- administrativo a esta resolución. La ampliación del recurso ha sido admitida por Providencia de 18 de febrero de 2016, habiéndose emplazado a la sociedad para formalizar demanda en resolución de esa misma fecha.
Por otra parte y tras los trámites preceptivos, la Comunidad de Madrid resolvió el pasado 12 de febrero de 2016, mediante Orden de la Consejería de Transportes, Viviendas e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid imponer a la sociedad una penalidad de 34.080.686, 76 euros, por incumplimiento de la obligación de ejecutar la totalidad de las obras en el plazo previsto en los documentos contractuales, dándole un plazo de cinco días para abonarla, apercibiéndole de que se procedería a la incautación de las garantías definitivas prestadas por la sociedad, 15.865.301 euros y de que iniciaría la vía de apremio respecto del importe restante, 18.215.386 euros. Igualmente se requiere a la sociedad para reponer la garantía definitiva en la cuantía de 15.865.301 euros y se con cede a la sociedad un plazo de 16 meses, para la ejecución de la totalidad de la obra incluyendo otras de restitución.
Frente a esa resolución de imposición de penalidad, la sociedad ha interpuesto recurso contencioso-administrativo con fecha 17 de febrero de 2016, habiéndose solicitado igualmente medida cautelar consistente en la suspensión de la ejecución de la citada resolución.
En relación con lo anterior la sociedad dispone de informes de terceros que soportan importes superiores a los registrados contablemente, por lo que unido al derecho contemplado en el contrato de concesión, estima que no se derivarán quebrantos para el Grupo.