El Supremo no resolverá más sobre cláusulas suelo hasta que Luxemburgo decida sobre la retroactividad total

El Tribunal Supremo va a suspender todos los procedimientos pendientes relativos a la cláusula suelo, a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie respecto a la cuestión prejudicial que fue planteada en abril de 2015 por el Juzgado Mercantil nº 1 de Granada, en un procedimiento iniciado por Ausbanc contra BBK Bank Cajasur. La vista oral tendrá lugar en la sede del tribunal el próximo día 26 de abril.

La cuestión prejudicial se refiere a los efectos de la nulidad de las cláusulas suelo. Hasta el momento, la doctrina emanada del Tribunal Supremo limita la devolución del dinero cobrado a los clientes en aplicación de la cláusula suelo al periodo comprendido entre el 9 de mayo de 2013 (fecha de la primera Sentencia del Tribunal Supremo obtenida por Ausbanc Abogados) y la actualidad.

Sin embargo, desde Ausbanc entienden, como diversos juzgados de primera instancia españoles, que la retroactividad debe ser total, es decir, que la devolución del dinero cobrado por la cláusula suelo debe hacerse desde el momento en que se firmó la hipoteca.

Eso es lo que tendrá que decidir el Tribunal de Luxemburgo el próximo día 26 de abril, y por eso se trata de una fecha histórica para los afectados por la cláusula suelo. Debido a la importancia de esta decisión, el Tribunal Supremo está suspendiendo la deliberación y fallo de los recursos de casación en procedimientos contra las cláusulas suelo.

En concreto, el pasado 12 de abril, la Sala de lo Civil del Alto Tribunal dictó un Auto en el que señala la suspensión de la deliberación y fallo del recurso de casación interpuesto por un grupo de afectados contra Unicaja.

La sentencia recurrida por la entidad financiera decretaba la nulidad de la cláusula suelo aplicada a los clientes y la devolución total de los importes pagados en concepto de la cláusula suelo desde la firma del préstamo hipotecario.

La cuestión jurídica que se plantea en este recurso de casación interpuesto por Unicaja banco está directamente relacionada con la cuestión prejudicial planteada ante el Tribunal de Luxemburgo, ya que el recurso solicita que se aplique la doctrina de la Sala de lo Civil del Supremo sobre los efectos de la declaración de nulidad de la cláusula suelo. Y es esta doctrina la que precisamente está cuestionando en estos momentos el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que es el máximo órgano judicial a nivel comunitario.

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