Qué cosas tiene la política. Uno de los primeros asuntos con los que se va a topar Juan Van-Halen nada más aterrizar en el Ministerio de Fomento como director general de Arquitectura, Vivienda y Suelo es un recurso interpuesto por la Comunidad de Madrid ante el Tribunal Constitucional por el desacuerdo del Gobierno regional con diversos aspectos de la Ley de de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana.
Un tema que no le es ajeno. Aunque durante el último año había ejercido como viceconsejero de Empleo en el Ejecutivo autónomo, entre los años 2007 y 2013 había ocupado los cargos de director general de Viviendas y gerente, tanto del Ivima como del Iris.
Ahora, en el otro bando, en cuanto a este recurso se refiere, Van-Halen tendrá ocasión de modificar sus antiguos argumentos, los que él mismo defendía hasta hace cuatro días y sobre los que ahora, evidentemente, deberá posicionarse en contra.
Argumentos, los que soportan el recurso ante el Constitucional, que pasan, a juicio del Gobierno de la Comunidad de Madrid, por una invasión de competencias, ya que la nueva norma impone a las comunidades autónomas la obligación de atenerse a los parámetros establecidos por el Ejecutivo. Es decir, que a la hora de que un municipio redacte su plan general ya no tendrá al Ejecutivo autónomo, en este caso la Comunidad de Madrida, como su supervisor, de manera que sería el Gobierno central el que fije, por ejemplo, el número y la ubicación de las viviendas protegidas.
También deberá Van-Halen de criticar ahora la figura del Agente Rehabilitador por el que el Gobierno obligaría a los propietarios de inmuebles a remozar el edificio, figura que implantó por primera vez el Ayuntamiento de Madrid a través de la ex concejala de Urbanismo, Pilar Martínez, curiosamente su antecesora en el cargo en Fomento.
El objetivo es impedir que el propietario de un inmueble lo deje morir para especular con el valor del suelo. Esta figura se aplica en situaciones extremas, cuando el edificio amenaza ruina. El Ayuntamiento intercede y si no hace nada se le podría llegar a expropiar, o bien se le da la posibilidad de que un privado se haga cargo de la reforma. El dueño de la reforma los tendría que abonar el propietario, bien en dinero o materialmente. Respecto a este asunto, la Comunidad de Madrid recurre por considerar que interfiere en el derecho de propiedad privada.
Una figura que permite a una empresa privada actuar sobre la propiedad privada de otra persona jurídica, adquiriendo además derechos propios de la Administración pública como es la capacidad de expropiar el edificio.