El informe del Defensor del pueblo sobre crisis económica y deudores hipotecarios

Madrid. No puede dejar de descargarlo y leerlo. No le va a entretener, no le va a divertir, es seguro que lo pondrá triste y es posible que le indigne… pero su lectura es necesaria porque por su origen y autoría da autoridad a muchas de las cosas que los ciudadanos pensamos sobre el tema apuntado  y la peor de sus consecuencias: el desahucio de sus viviendas y locales de trabajo de personas a las que resultaría muy agrio encontrarlas culpables de su situación.

Véase aquí alguno de los párrafos de la Introducción al trabajo referido:

“La compra de la vivienda constituye la principal decisión de inversión de los particulares, siendo habitual la adquisición a crédito con la garantía de la propia vivienda. El descenso de los tipos de interés y su evidente repercusión en el mercado hipotecario, así como el proceso de desregulación financiera, han provocado el auge de la compra de viviendas y por tanto de su financiación, aumentando la competencia en los mercados hipotecarios, la accesibilidad a la adquisición de inmuebles y, consecuentemente, el incremento de préstamos hipotecarios. En aplicación de las normas prudenciales y las buenas prácticas financieras, la capacidad de reembolso del crédito debería limitar el grado de endeudamiento. Sin embargo, desde hace más de una década las entidades de crédito han otorgado de forma imprudente el crédito hipotecario, concediendo hipotecas para empaquetarlas y venderlas en el mercado. Han convertido la titulización hipotecaria en una de sus principales formas de financiación, pero lamentablemente, estas prácticas han facilitado el sobreendeudamiento de las familias.

La reciente crisis económica ha agravado el problema del sobreendeudamiento de los particulares, sobre todo por la rapidez con que se ha producido y por la ineficacia de la legislación para resolver estas situaciones. La disminución de ingresos por el desempleo y otras circunstancias derivadas de la coyuntura económica reducen la capacidad para hacer frente al pago de las cuotas de los préstamos hipotecarios. Quienes se encuentran en estas circunstancias, aunque quieran, no pueden saldar sus deudas al vencimiento de las mismas. Cada vez son más frecuentes los casos de viviendas que por la bajada de precios valen menos que la deuda hipotecaria. Aumentan los desahucios y el riesgo de marginación social. Como es bien sabido, según el sistema legal vigente en España, el deudor no se libera con la entrega de la vivienda. Rige el principio de la responsabilidad patrimonial universal y tras la ejecución hipotecaria y la pérdida de la vivienda, el deudor consumidor mantiene la parte de deuda no satisfecha.

A su vez, la inclusión de las personas desahuciadas en los registros de morosos produce su exclusión financiera. Surge así el desarraigo y el riesgo de la falta de integración social. Ante esta situación, esta Institución no puede desoír las quejas de los ciudadanos y permanecer impasible. Estos hechos hacen que nos preguntemos sobre la conveniencia de proteger a los deudores de buena fe, que han perdido su vivienda o están en riesgo de perderla, afectados por el paro u otras circunstancias imprevisibles fuera de su control. La respuesta debe ser prudente pues la protección del hipotecado puede afectar al mercado del crédito y limitar el ejercicio de derechos constitucionales como la libertad de empresa o las bases de nuestro Derecho contractual, en particular si supone una limitación al principio de responsabilidad patrimonial universal (artículo 1911 del Código Civil).

Sin embargo, hay que partir del hecho de que nos encontramos ante situaciones excepcionales que merecen respuestas excepcionales, aunque sea con carácter temporal hasta que remonte la coyuntura económica.”

Aunque el reproche a las entidades de crédito es claro para el Defensor del Pueblo, su queja queda  fuertemente desvaída  por  su penúltima afirmación por la que “la protección al hipotecado puede afectar al mercado del crédito”  y que por ello hay que ser prudente en las medidas de protección. Pero es que de eso se trata y es que no se puede salvar a un enfermo grave que necesita cirugía sin cortar y hacer sangre. A menos claro está que se considere más barato que el enfermo muera sin operación. Y menos, habiendo pagado con recursos públicos el quirófano y a los médicos que podrían salvarlo.

Sin embargo compartimos su siguiente afirmación por la que las “situaciones excepcionales” se “merecen respuestas excepcionales, aunque sea con carácter temporal hasta que remonte la coyuntura económica.”

Y, añadimos nosotros,  una medida excepcional de carácter crítico tiene que ser la congelación inmediata de los procesos de desahucio: una moratoria sobre todos los expedientes iniciados y el no inicio de otros nuevos nos dará el tiempo necesario para reconducir el problema y encontrar una salida tolerable.

Miguel Villarroya Martín / Arroyo de la Vega / Madrid / España /

P.D.  Posteriormente iremos trayendo otras partes de este informe para su comentario. Pero no espere, descárguelo completo y léalo pues a nuestro lado, a la gente corriente como usted y como yo, le están ocurriendo cosas “acongojantes”.

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