martes, 9 diciembre 2025
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La Ley Vasca de Vivienda pretende desarrollar el derecho constitucional a una vivienda digna

Vitoria. El Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, Iñaki Arriola, ha presentado el Anteproyecto de Ley Vasca de Vivienda, en el que se reconoce el derecho subjetivo a la vivienda, recogido en el artículo 47 de la Constitución y en el 10.31 del Estatuto de Autonomía. Es, además, una consecuencia del Pacto Social por la Vivienda en Euskadi firmado en junio de 2010 y suscrito por 77 agentes institucionales, sociales y económicos vascos. Afecta a todas las personas, independientemente de que dispongan o no de una vivienda y de que ésta sea en propiedad o en alquiler, libre o protegida.

El principal objetivo de la Ley es promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo el derecho de la ciudadanía a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y convertir el principio en auténtico derecho exigible ante los tribunales para aquellas personas con mayores dificultades de acceso.
 
Además, pretende regular el régimen jurídico de la Vivienda de Protección Pública (VPP), reformular y reordenar los sistemas de prestaciones públicas existentes de ayuda a la vivienda, regular la intervención en rehabilitación y regeneración urbana para eliminar los obstáculos a procesos de este tipo y definir el alcance del concepto de “función social de la vivienda”.

La rehabilitación va a ser una de las líneas prioritarias de la política vasca de vivienda. Por ello, el Anteproyecto posibilita la declaración de necesidad de rehabilitación, lo que supone la declaración de utilidad pública y la posibilidad de intervención por parte de la Administración. También posibilita la intervención de la Administración en los casos que no se cumpla la función social de la vivienda.

El anteproyecto presenta importantes novedades, entre las cuales destacan el establecimiento del derecho subjetivo a la vivienda, la personalización de precios y rentas en las VPP, los criterios preferentes para la adjudicación de la VPP serán el número de miembros de la unidad familiar y la antigüedad en el registro de vivienda, la posibilidad de expropiación forzosa de la VPP, el establecimiento del derecho a la división de viviendas, la posibilidad de expropiación por incumplimiento del deber de conservación y rehabilitación de las viviendas o de abordar la reforma de los edificios si hay acuerdo del 50% de las personas propietarias, la obligación de depositar las fianzas de los contratos de alquiler en el Gobierno Vasco, y el aumento de los importes de las sanciones por infracciones en materia de vivienda.

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