Cambio histórico en la Ley de la Segunda Oportunidad

Las novedades en este instrumento jurídico pueden favorecer a muchas familias con baches económicos para solventar íntegramente su deuda.

A partir de ahora, es posible obtener un BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) provisional o quita de la deuda realizando un plan de pagos a cinco años.

La Ley de Segunda Oportunidad, cuyo objetivo es exonerar deudas, aligerar la carga financiera y otras medidas de orden social, ha sufrido cambios recientes que podrían ampliar todavía más las oportunidades de los afectados. Fidelitis expone las novedades del nuevo texto refundido:

«El nuevo texto refundido sobre la Ley de Segunda Oportunidad abre aún mayores posibilidades para que las personas que están pasando «un mal trago económico», bien haya sido por enfermedad, malas decisiones, malos socios, situaciones personales adversas, crisis económica u otros, puedan empezar realmente desde cero, afirma el presidente de Fidelitis y experto en cuestiones socio-laborales, Lorenzo Pérez.

Este instrumento jurídico, destinado a aquellos ciudadanos españoles cuya situación económica esté pasando por un mal momento y se encuentren en graves apuros financieros, se encuentra regulado por la Ley 25/2015, de 28 de julio. Esta Ley, relativamente joven, es una gran desconocida por la sociedad y, por lo general, «los abogados tampoco suelen ponérselo nada fácil a los afectados», expone Fidelitis.

Por ende, el nuevo texto refundido, desconocido también por la mayor parte de los abogados, abre nuevas posibilidades para que su aplicación sea también más sencilla.

Hasta ahora era absolutamente necesario pasar por un mediador y un notario. De esta manera, algunos usuarios ni siquiera podían hacer frente al pago de los gastos del procedimiento.

Sin embargo, a partir de ahora es posible obtener un BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) provisional realizando un plan de pagos a cinco años para satisfacer una parte de las deudas ajustada a las posibilidades individuales de pago, sin tener que pasar previamente por la mediación y el notario, ahorrándose por lo tanto dichos gastos y acortando los plazos.

«De esta forma, en el peor de los escenarios, si el usuario ha destinado el 50% (o el 25% en los casos de especial vulnerabilidad) de sus recursos inembargables al pago de las cuotas, finalizado el proceso (al acabar los 5 años) el juez podrá exonerar del pago del resto de la deuda al mismo, liberándole completamente de todas sus deudas», señalan desde la consultora legal.

Lorenzo Pérez explica: «Todo esto, y poniendo un ejemplo práctico, significa que si alguien cobra 1.200 euros y necesita 900 euros para pagar los gastos que le permitan sobrevivir (vivienda, comida, suministros, etc.) se le establecerá un plan de pagos de la deuda que no sobrepase esos 300 euros que le quedan y, al cabo de esos cinco años, si ha cumplido con dicho plan de pagos, el juez le perdonará el resto de la deuda pendiente. En caso de no poder cumplir con el pago, pero habiendo dedicado durante esos cinco años la cantidad de 150 EUR mensuales (o 75EUR en los casos de especial vulnerabilidad como los pensionistas por incapacidad laboral permanente, entre otros), también podrá perdonarle todas las deudas».

Obviamente, todo sujeto al estudio personalizado de cada afectado que es lo que va a determinar las posibilidades de pago de cada individuo.

Fidelitis, para demostrar que esto es tal cual se desprende de la Ley (algo que muchos usuarios dudan que sea posible), y tal y como hace con el resto de procedimientos, ha suprimido la barrera económica para poder acudir a un abogado especialista y realiza los procedimientos a éxito, es decir, el usuario no paga nada hasta que no se obtiene la reestructuración de la deuda o la condonación de la misma, algo muy importante para este colectivo.

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