miércoles, 16 abril 2025
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Iure Abogados lidera el proyecto de creación de un código de Derecho Concursal Ético

Madrid. El Tercer Encuentro con Iure ha sido el marco elegido para la presentación del proyecto iniciado hace meses por Iure Abogados, bajo el nombre de DERECHO CONCURSAL ÉTICO.

De la misma forma en que al abogado, con carácter general, se le confía la defensa de ciertos intereses fundamentales, trascendentes para el Estado y la sociedad, tutelando valores que son necesarios para el bien común, en el ámbito del Derecho Concursal esta tutela cristaliza en la protección de un bien jurídico muy concreto: el tejido empresarial como generador de empleo, fuente de riqueza y promotor del progreso. El objetivo del DERECHO CONCURSAL ÉTICO no es otro que sentar unas bases de actuación y guía para los operadores del Derecho Concursal que permitan esta salvaguarda de la actividad empresarial en un escenario de profunda destrucción de la misma y de gran pérdida del empleo. Al mismo tiempo, se impone un compromiso de denuncia ante los abusos y la falta de ética en la aplicación de la norma concursal.

 El Tercer Encuentro con Iure fue el foro elegido para presentar este proyecto, que a lo largo de 2010 finalizará con la elaboración de un código de principios éticos y compromisos a asumir por los operadores del Derecho Concursal, así como en la regulación de los requisitos necesarios para adherirse a la iniciativa. En 2011 está previsto realizar la primera convocatoria pública que llame a otros operadores a asumir el compromiso del Derecho Concursal Ético. 

Aunque la iniciativa surge de Iure Abogados, la definición última de qué es DERECHO CONCURSAL ÉTICO y cuáles son los principios a respetar correrá a cargo de una Comisión de expertos independientes, la cual ya cuenta con un académico de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, que ha acordado la designación de uno de sus miembros para integrarse en dicha Comisión, que tendrá como función estudiar y discutir los textos que se propongan. En el acto de presentación, Iure Abogados hizo público el borrador de la primera formulación del DERECHO CONCURSAL ÉTICO, realizado íntegramente por juristas de la firma y que deberá ser corregido y avalado por la Comisión de expertos.

DERECHO CONCURSAL ÉTICO (primer borrador)

Exposición de Motivos

Tras casi seis años de intensa actividad en el ámbito del Derecho Concursal, desde que entró en vigor la Ley 22/2003, años en los que hemos intentado siempre servir a los valores de justicia, equidad, respeto por el empresario, en cuanto enriquecedor de la economía nacional, respeto por los puestos de trabajo en juego …, años en los que hemos podido ver toda clase de conductas, algunas reprobables, y conocer numerosos abusos, años en los que hemos visto sumirse España en una profunda crisis. Tras todos estos años, la coherencia nos ha llevado a la formulación de los principios que venimos aplicando y nos comprometemos a defender con mayor ahínco, que configuran el DERECHO CONCURSAL ÉTICO.

Nosotros no queremos dejarnos llevar por la inercia e ignorar todo lo que ocurre a nuestro alrededor. Por eso, hemos decidido crear el concepto de DERECHO CONCURSAL ÉTICO. Siempre hemos tratado de que nuestra forma de ejercer la abogacía fuera acorde a unos valores y ahora queremos ir más allá y formular una serie de principios y actuaciones concretas que, creemos, deben regir el trabajo de todos los operadores del mundo concursal. Queremos configurar un estatuto propio que suponga un compromiso con estos valores y ponerlo a disposición de otros operadores, promover su conocimiento y su respeto.

Creemos que el respeto a las normas deontológicas y la asunción de unos valores éticos no pueden implicar, para su cumplimiento, la mera omisión de conductas contrarias a estos principios. Estamos convencidos de que el respeto a los valores implica una conducta activa de rechazo y de lucha frente a quienes incumplen estos deberes y perjudican el interés superior que se trata de proteger: el bien común, la justicia y la protección de los agentes económicos que forman parte del tejido empresarial español.

De la misma forma en que al abogado, con carácter general, se le confía la defensa de ciertos intereses fundamentales, trascendentes para el Estado y la sociedad, tutelando valores que son necesarios para el bien común, en el ámbito del Derecho Concursal esta tutela cristaliza en la protección de un bien jurídico muy concreto: el tejido empresarial como generador de empleo, fuente de riqueza y promotor del progreso.

Qué duda cabe, en los tiempos actuales, de la trascendencia de los principios que ponen en valor el empleo, la actividad económica, la producción, el respeto a los trabajadores y el impulso económico. Es pues una exigencia de todos los operadores del Derecho Concursal el respeto a estos valores, por su intrínseca trascendencia para el bien común de la sociedad, haciéndose necesaria la sujeción, por parte de tales operadores, a unos principios que hemos querido recopilar.

El escenario en que surge esta iniciativa adolece de varios problemas que están dificultando el fin último que la Ley Concursal prevé en su Exposición de Motivos, problemas como son la falta de profesionalidad de numerosos agentes implicados en el procedimiento concursal, el abuso de ciertos operadores, la pasividad de otros y la falta de medios materiales y humanos en la Administración de Justicia. Por otro lado, el número de empresas españolas que es declarada en concurso de acreedores se ha multiplicado en los últimos años y en la práctica, la aplicación de la no está dando una respuesta satisfactoria a las expectativas y necesidades de los ciudadanos y los empresarios.

La actitud que ha adoptado Iure Abogados y la que desde ahora se compromete más firmemente que nunca ha sido la de la búsqueda activa de soluciones protectoras de los principios que, entendemos, deben ser salvaguardados por la legislación concursal y por los operadores del Derecho. Por otro lado, Iure Abogados asume el deber de denuncia de las conductas contrarias a los principios éticos. Obviamente, y en coherencia con los valores que hemos asumido, el respeto a éstos tendrá su incidencia tanto en las relaciones con clientes, como con otros operadores, y también en el ámbito interno de la empresa.

Principios del Derecho Concursal Ético

1. Los operadores del Derecho Concursal deben procurar la salvaguarda de la actividad empresarial, procurando su continuación y evitando la destrucción del tejido empresarial.

2. Los operadores del Derecho Concursal deben denunciar públicamente cuantos abusos, injusticias e incumplimientos se produzcan, en cuanto que éstos perjudican el fin último de protección de la actividad económica y empresarial.

3. Dichos operadores deben promover, mediante conductas activas, la consecución de los fines de protección de la empresa aplicando todos los medios posibles y no meramente aquellos a los que están obligados según la regulación deontológica propia de cada profesión,  en aras a suplir en lo posible las nefastas consecuencias de la falta de medios de otros operadores.

4. Los operadores del mundo concursal deben asumir una función de difusión del cono
cimiento e información sobre la legislación vigente y su uso adecuado por parte de las empresas, poniendo a su disposición todos los conocimientos necesarios para una gestión responsable.

5. Los operadores del Derecho Concursal deben contar con la profesionalidad y conocimientos teóricos y prácticos suficientes que permitan afrontar la representación de la empresa en dificultades. De no contar con la capacidad requerida para llevar el asunto, deberán rechazar el mismo.

El compromiso de Iure Abogados con el Derecho Concursal Ético

La defensa de unos valores y principios implica la asunción de compromisos concretos por parte de los operadores del Derecho Concursal. Éstos son los compromisos de Iure Abogados:

1. TRANSPARENCIA: los operadores del Derecho Concursal deben practicar la máxima transparencia en sus relaciones con el cliente, haciéndole ver en todo momento y especialmente en el de la contratación cuáles son sus derechos y expectativas de forma objetiva. Iure Abogados se compromete a informar con la máxima transparencia al cliente de las perspectivas de su caso, las diferentes alternativas, sus derechos y obligaciones.

2. INFORMACIÓN: es un deber de todos los operadores del Derecho Concursal realizar todo el esfuerzo necesario para informar siempre al cliente, de la forma más conveniente posible, del estado de sus asuntos, de las posibilidades de éxito de su caso o de las expectativas del mismo. Nos comprometemos a hacer todo el esfuerzo necesario para informar siempre al cliente, de la forma más conveniente posible, del estado de sus asuntos, de las posibilidades de éxito de su caso o de las expectativas del mismo. La transparencia es un valor fundamental para Iure Abogados.

3. DEBER DE DENUNCIA: Deber de denuncia: las actuaciones de terceros que obstruyan el buen desarrollo de un procedimiento concursal y la salvaguarda de los intereses afectados, sea por el incumplimiento de los deberes inherentes al cargo o faltando a la legalidad, a la ética o anteponiendo intereses propios a los del concurso, deben ser denunciados públicamente. Iure Abogados lo hará tanto por medios propios como mediante las reclamaciones oportunas.

4. ENTREGA: Iure Abogados no se limitará, en el ejercicio de la abogacía, a ejecutar el encargo realizado por el cliente sino que, siempre en la medida de lo posible, propondrá otras actuaciones en defensa de los derechos cuya defensa se ha encomendado, en aras a su mejor protección.

5. NO ACEPTACIÓN de encargos relativos a la defensa y representación de quienes hayan actuado atentando contra la ética, en concreto quienes traten de hacer un uso indebido de la figura del concurso de acreedores en perjuicio de sus acreedores, quienes traten de eludir la aplicación de la normativa concursal igualmente en perjuicio de terceros.

6. FIJACIÓN DE HONORARIOS: se realizará atendiendo a criterios lógicos y a la proporcionalidad, conforme a: la dificultad del caso, la profesionalidad y especialización requeridas y prestando atención a las particulares circunstancias del cliente, cuando así lo requiera.

7. PROFESIONALIDAD: Iure Abogados no acepta asuntos que no sean de su especialidad o para los que no tenga competencia. El profesional que asume el caso cuenta no sólo con los conocimientos técnicos sino con la experiencia práctica suficiente o, en su caso, con el apoyo de otro profesional de mayor experiencia que ejerce la dirección letrada.

Más información: iure abogados.

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