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Apaño urbanístico transitorio en Castellón

Castellón corría el riesgo de que, a nivel urbanístico, no se pudiera mover ni un papel. Es la consecuencia de que todos y cada uno de los movimientos del Plan General de Urbanismo aprobado hace catorce años han sido anulados por el Tribunal Supremo, con lo que, de facto, lo que sigue en vigor es el obsoleto plan de 1984.

Para salir al paso de esta situación, y ante la demora en redactar un nuevo plan, desde el Gobierno de la Generalitat Valenciana se ha tomado la decisión de aprobar unas normas transitorias que regirán durante los dos próximos años –concretamente hasta el 1 de enero de 2017–, esperando que en ese plazo se haya logrado aprobar un nuevo marco regulatorio urbanístico que pase el filtro de los tribunales.

La propuesta, en información pública, corrige la que había elaborado el Ayuntamiento de Castellón. Entre las modificaciones, la consejería ha adaptado el texto a la Ley de ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP), puesto que la versión remitida por el consistorio había sido redactada en base al anterior marco legislativo de la Ley Urbanística de Valencia (LUV).

Tras años de recursos y más recursos, el pasado mes de diciembre de 2013 el Tribunal Supremo ratificaba definitivamente la nulidad del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). El Alto Tribunal volvía, como en anteriores ocasiones, a señalar en la sentencia que no se había expuesto públicamente el plan de acuerdo a la legislación urbanística valenciana vigente.

El Supremo reiteraba que el acuerdo municipal que acordaba exponer de nuevo el PGOU al público, se hizo aplicando lo establecido en la Ley Urbanística Valenciana de 2005, según la cual los procedimientos urbanísticos iniciados antes de la entrada en vigor (y el PGOU era del año 2000) de esta Ley se regirán por la legislación anterior siempre que hubiese concluido el trámite de información pública.

El litigio dejó por el camino uno de los proyectos más ambiciosos de la ciudad: el Programa de Actuación Integrada Mestrets. En él se preveía construir el Centro de Convenciones de Santiago Calatrava, el edificio del rectorado de la VIU, el polideportivo Chencho y la Ronda de Circunvalación, además de 6.000 viviendas, la mitad de ellas, públicas.

Para llevar a cabo la actuación debían derribarse unas cuarenta viviendas y algunos de los vecinos decidieron recurrir a los tribunales. El Tribunal Superior de Justicia valenciano les dio la razón al considerar que se repercutían en el PAI proyectos generales y dotaciones públicas de toda la ciudad, es decir, que las cargas urbanísticas resultaban excesivas.

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