miércoles, 5 febrero 2025
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Las Administraciones Públicas no pagan las facturas

Madrid. Así es imposible que esto salga adelante. Si las Administraciones Públicas no pagan las facturas, muchas empresas no pueden seguir adelante. Los esfuerzos tienen un límite y llega un momento que ya no hay margen alguno para continuar con el negocio, porque los ingresos no llegan y los gastos no se paran. Hipotecas, gastos de personal y necesidades primarias hay que cubrirlas sí o sí, y no hay dinero para hacerlos frente. Parecía que, con la línea de crédito aportada por el Gobierno a principios de año, la cosa se amortiguaba. Puro espejismo. Se pagaron numerosos atrasos, pero volvemos a estar en las mismas.

Y los autónomos lo acaban de denunciar una vez más. Comunidades autónomas, ayuntamientos, diputaciones y empresas públicas acumulan ya una deuda superior a 11.000 millones de euros, el 1 por ciento del PIB nacional, sólo en los once primeros meses de este año, según la estadística.

La morosidad en España está creciendo a un ritmo de seis millones de euros cada día y, para la Federación de Trabajadores Autónomos (ATA), ésta es la causa del cierre de negocio de uno de cada cinco autónomos y micropymes. Ello desemboca en un aumento del desempleo. A más empresas cerradas, más paro y, por tanto, menos posibilidades de recuperación.

Y lo peor de todo, es que la Administración sigue trasladando el problema al futuro y maquillando la realidad del vencimiento de las deudas para hacer cuadrar las cifras de déficit, con el traspaso de facturas del cuarto trimestre al 2013. Un fraude contable en toda regla que, a la hora de la verdad, no sirve para nada. Un autoengaño de corto alcance.

A todo esto se suma la entrada en vigor de la ley que establece medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Norma que prevé una reducción de los plazos paulatina y transitoria aplicada durante los años 2011 y 2012, de forma que en 2013 se alcanzará el objetivo indicado en la reforma de la Ley: máximo de 30 y 60 días según tipo de cliente u operación, siendo de 30 para la Administración. Durante 2012, el plazo ha sido de 40 días para el sector público y de 50 en 2011. Lo malo es que el legislador no ha previsto un régimen sancionador aplicable en caso de incumplimiento de los límites de pago, lo que reduce la eficacia de la norma.
 

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