Integración urbana y territorial de grandes superficies comerciales en Andalucía

Sevilla. La Junta de Andalucía reforzará las condiciones de integración urbana y territorial que se exigen para la ubicación de grandes superficies de comercio minorista en la comunidad autónoma. Así se recogerá en el Plan de Establecimientos Comerciales (PEC), cuya elaboración ha autorizado el Consejo de Gobierno y que fijará las pautas generales para el emplazamiento eficiente de estas instalaciones.

El documento se adecuará al nuevo texto refundido de la Ley de Comercio Interior, aprobado en marzo de 2012, que vincula la autorización de grandes superficies a criterios territoriales, urbanísticos y medioambientales, frente a la anterior medición de la oferta y la demanda. Esta norma también delega a favor de los ayuntamientos la concesión de licencias en esta materia.

De acuerdo con la nueva legislación, el PEC servirá de referencia al planeamiento urbanístico para la identificación de las ubicaciones aptas y la previsión de necesidades de infraestructuras, viales y servicios.

Asimismo, el plan establecerá criterios objetivos para facilitar a los municipios la toma de decisiones sobre instalación, ampliación, traslados o cambios de actividad a partir de un diagnóstico por zonas y tipos de formatos (de base alimentaria o no alimentaria). Se garantizará así la coherencia entre la actividad (dimensión sectorial), el medio en que se inserta (dimensión territorial y ambiental) y el uso que se hace del suelo (dimensión urbanística).

El texto será elaborado en el plazo de un año por la Consejería de Turismo y Comercio, con la participación de las organizaciones y agentes económicos y sociales más representativos del sector. Antes de su aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno, será informado por el Consejo Andaluz de Concertación Local y por el Consejo Andaluz de Comercio, y sometido a los informes preceptivos de impacto ambiental y de adecuación a los planes de ordenación del territorio.

Entre otros contenidos, el plan incluirá un análisis del sector, la determinación de criterios de localización y la definición de las zonas comerciales de la comunidad autónoma. Cada una de estas áreas contará con un programa específico en el que se concretarán los ámbitos de emplazamiento y las medidas de adecuación a la estructura urbana y comercial existente, así como el análisis del impacto sobre el comercio local.

El PEC tendrá carácter indefinido, si bien estará sometido a actualizaciones de periodicidad cuatrienal y a las que puedan derivarse de cambios sustanciales de naturaleza comercial, territorial o urbanística. Estas revisiones del mapa comercial contarán con los informes del Consejo Andaluz de Comercio y del Consejo Andaluz de Concertación Local.

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