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Viviendas Municipales de Bilbao aprueba un sistema de adjudicación por idoneidad

Bilbao. El Consejo de Viviendas Municipales de Bilbao ha aprobado el nuevo Reglamento General de la entidad, cuyo articulado se adapta a la coyuntura de profunda crisis económica que estamos atravesando y que afecta a numerosos sectores de la población.

El nuevo articulado entrará en vigor el 1 de enero de 2013. Con el objetivo de dar respuesta a la necesidad de vivienda digna de aquellas personas que más lo necesitan, profundiza en la adjudicación por idoneidad o casación sobre colectivos específicos en proporción al censo; fomenta y estimula la movilización del parque de locales para la creación de empleo; y ofrece cobertura bajo el prisma de la carencia de necesidad de vivienda a supuestos que hasta la fecha no tenían cabida, como los propios lanzamientos hipotecarios o los desahucios por falta de pago.

El Reglamento General se ha realizado teniendo en cuenta las aportaciones realizadas por los partidos políticos representados en el Consejo, buscando el equilibrio entre las diferentes sensibilidades mostradas en el seno del mismo.

El nuevo Reglamento recoge que el sistema de adjudicación será el de casación o ajuste de idoneidad entre vivienda y demandante, sobre la premisa de integrar la vivienda disponible (habitaciones, accesibilidad y renta asignada) a la persona idónea (número de miembros de la unidad familiar, circunstancias de accesibilidad o particulares y nivel de ingresos). De esta forma el sistema de adjudicación por idoneidad pasa a ser procedimiento común y general de adjudicación, por encima del tradicional del sorteo que queda como obligado en aquellos procesos de adjudicación de vivienda dependientes de la calificación de VPO y en tanto la normativa del Gobierno Vasco, así lo establezca.

En aplicación del sistema de casación o ajuste de idoneidad se establecerán cupos de interés preferente que atenderán en cada momento a la demanda censada y su evolución, de forma que las viviendas disponibles serán adjudicadas en la misma proporción de de demandantes que integren cada cupo, estableciéndose como básico:

– Menores de 35 años (45%).
– Discapacidad física (2%).
– Víctimas de violencia doméstica (5%).
– Familias monoparentales (15%).
– Mayores de 70 años (5%).
– Mayores de 35 años, con 10 años de empadronamiento (23%).
– Cupo general (5%).

La adjudicación por idoneidad permite optimizar el parque de vivienda, ubicando en cada vivienda a la unidad familiar que pueda pagar la renta y obtenga un mayor beneficio de las características de la vivienda.

La renuncia expresa a la adjudicación de la vivienda propuesta por Viviendas Municipales quedará debidamente acreditada, y salvo justa causa, significará la exclusión automática del listado de beneficiarios durante dos años.

Respecto a los solicitantes de viviendas, se aumenta de 2 a 3 años el tiempo de empadronamiento en el censo de vivienda del Ayuntamiento de Bilbao para poder estar inscrito en el registro de demandantes.

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