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Comercios, hoteles, bares, colegios y clínicas podrán instalarse en suelo industrial de Madrid

Madrid. La práctica totalidad de las áreas industriales de la ciudad de Madrid podrá albergar pequeñas y medianas superficies comerciales, establecimientos de hospedaje, hostelería y ocio -hoteles, bares, cafeterías, restaurante y actividades recreativas-, además de otros servicios terciarios y dotaciones públicas y privadas, como centros de enseñanza y clínicas que no precisan hospitalización, como las dentales o veterinarias.

Y esto va a ser posible porque el Ayuntamiento de Madrid ha aprobado tres planes urbanísticos que flexibilizan y amplían el uso de los suelos industriales regulados tanto por la denominada norma zonal 9, del Plan General de Ordenación Urbana de 1997, como los afectados por normativas anteriores a 1985. En algunos casos, se reducirán los trámites requeridos para su materialización.

La nueva normativa permitirá también la implantación de grandes superficies comerciales, pero solo en suelos industriales exteriores al perímetro de Calle-30, previa tramitación y aprobación de un Plan Especial.

La ampliación de usos afecta a más de catorce millones de metros cuadrados en decenas de zonas industriales repartidas en 18 de los 21 distritos y que se corresponden con la práctica totalidad del suelo disponible para actividades económicas en la capital española.

Por otra parte, con el nuevo enfoque del Gobierno municipal se simplifica el procedimiento para la localización de las actividades permitidas, economizando los recursos tanto de la Administración como de los emprendedores particulares, y  se suprimen obstáculos normativos para agilizar el desarrollo económico y crear focos de inversión capaces de generar empleo.

E igualmente atiende la demanda de organizaciones empresariales ligadas a estas áreas, y beneficia a los trabajadores de las industrias y oficinas localizadas en estos polígonos, ya que contarán con este tipo de comercios y servicios de los que ahora carecen.

Los tres planes urbanísticos serán sometidos a periodos de información pública desde el día siguiente al de la publicación de sus respectivos anuncios en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Todas las personas interesadas podrán consultar los correspondientes expedientes administrativos en los servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, en la calle Guatemala 13, y en la página www.madrid.es/urbanismo.

Esta decisión del Ayuntamiento de Madrid se enmarca dentro de una serie de trabajos previos y en paralelo, sin perjuicio del proceso, mucho más prolongado, de la revisión actual del vigente Plan General de Ordenación Urbana, cuya aprobación provisional finalizará dentro del actual mandato. A estos planes se añade otro paquete de medidas municipales para eliminar trabas burocráticas y dinamizar la actividad económica.

El Área de Urbanismo ha aprobado recientemente una instrucción para eliminar trabas burocráticas de cara a impulsar los proyectos de mejora para edificios protegidos. En esta línea se han aprobado otras dos instrucciones: una que beneficia a los inmuebles no residenciales con actividades económicas, permitiendo acometer obras de mejora por etapas sin perder la licencia de funcionamiento, y otra que simplifica los criterios para la implantación de la dotación obligatoria de aparcamiento a determinados edificios.

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